Page 150 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. III
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Volumen 3
Inicio de la rebelión
su valor y esfuerzo para rendir al Rebelado, y para que tengan nuestras Armas
el lauro de quedar vencedoras para gloria nuestra, bien de la Nacion, servicio
de Dios, y del Rey; y se les hara saber a los Señores Oficiales Reales este Auto
para que de ninguna manera cobren Alcabalas, ni derechos de Aduanas a los
Yndios y Mestizos: que le dexen entrar libremente sus cargas y efectos de co-
mercio de todos aquellos que fuesen de sus cosechas, crianza y labranza para
que los vendan: quedando apercibidos los Guardias de Visita y Camineros de
lo que se ha acordado a fin de que entren libremente dichas Cargas, sin causar-
les ni exijirles el mas minimo gasto pena de la vida. Asi lo proveyó, mandó, y
firmó su Merced el presente Corregidor con acuerdo de los señores de la Junta
de Guerra, quienes así mismo lo firmaron en esta dha Ciudad del Cuzco en 20
dias del Mes de Noviembre de 1780 años de que doy fe: Y en este estado dicho
Sr. Corregidor con consulta de la Junta mandó se publicase igualmente que
a todos aquellos Mestizos, y demas gentes que se alistasen bajo las Vanderas
del Rey, se les pagara diariamente el sueldo de dos reales por dia, o mas segun
las Clases en que se les destinase, como se está haciendo con todos aquellos
que en la actualidad estan bajo de ellas, y en servicio del Rey. Don Fernando
Ynclan y Valdes. Don Marco Antonio de la Camara y Escudero. Don Sebastian
Josef de Ocampo. Dn Miguel Torrejon. Dn Joaquín Balcarcel. Don Pedro Josef
Veles. Dn Francisco Javier Olleta. Dn. Josef de Saldivar y Saavedra. Dn Matias
Baulen. Dn. Ysidro Guizasola. Por mandato de Sus Mercedes, Miguel de Acu-
ña Escribano de Su Magestad, y Publico.
(N Y. P. L. R. C., Paz, Tomo I, pp. 248-250).
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