Page 822 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. II
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Volumen 2
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            la citada Provincia se tuvo noticia de la rebelión del Iniquo Insurgente fué
            nombrado el suplicante de Capitán por Don José Campino Corregidor de
            ella para que pasase a reasguardar la frontera de Challa como assi lo executó
            aunque con la desgracia de que haviéndose sublevado casi toda la Provincia
            no fué capaz el suplicante de apaciguarla, y solo pudo trasladarse a esta ciudad
            donde se ha empleado en el servicio Real alistado en la compañía de los
            voluntarios.
                    En todo el tiempo que el suplicante se ha mantenido en esta ciudad
            ocupado en el servicio que lleva alegado, han padecido su familia y vienes,
            gravísimos perjuicios en la referida Provincia. No anumerando todos por no
            molestar la superior atención de Vuestra Señoría Muy Ilustrísima se resuelve
            el suplicante ha hacer presente uno, u, otro mas notable para que su notoria
            piedad se sirva mandar se le resarza en aquellos términos pocibles.
                    Ramón Ponce uno de los sequaces del Rebelde Tupaamaro despues
            de haver tomado posesión de estas tres Haciendas que tiene el suplicante en
            aquella Provincia prendió a la muger del suplicante, y mandó conducir al
            Pueblo de Tungasuca, Provincia de Tinta, Quatro Peanas de Ají, Tres de Ropa
            de la Tierra y mil seiscientas bacas, como también una peana de sevos y mil
            sestos de coca, con mas sesenta mulas con marcu propia del suplicante en las
            que cargaron los efectos, y no ai duda que según su quenta pasan de treinta
            mil pesos.
                    Por averiguación y amenazas del mismo Ponse pasó un Indio Lucas
            Guallani a entregar a la muger del rebelde setenta marcos de plata labrada,
            trescientos setenta y tantos de sellada, que atribulada la muger del suplicante le
            dió por ser su compadre para que ocultase dicho Indio declaró ante Francisco
            Laysequilla Justicia Maior que es en la actualidad de la referida Provincia que
            aviendo entregado dicha plata labrada y sellada a la rebelde, tomó resivo y
            aunque ofreció exivirlo trayendo de su choza no lo berificó ni se sabe donde
            para por lo que el suplicante no hace presente el enunciado resivo.
                    Tiene entendido el suplicante que la plata labrada subsiste y que se ha
            a traído juntamente con otras piezas a esta ciudad y que teniendo la marca
            del apellido del suplicante, a excepción de dos meanos y dos olla, es facil su
            reconocimiento. Así mismo se le ha anoticiado al suplicante que barios efectos
            de los que lleva referidos como así mismo las mulas, existen y se hallan en la
            Provincia de Tinta. Y concibiendo el suplicante (como en realidad es asi) que
            las intenciones de Vuestra Señoría Mui Ilustrísima que representa a nuestro



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