Page 822 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. II
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Volumen 2
Asuntos económicos
la citada Provincia se tuvo noticia de la rebelión del Iniquo Insurgente fué
nombrado el suplicante de Capitán por Don José Campino Corregidor de
ella para que pasase a reasguardar la frontera de Challa como assi lo executó
aunque con la desgracia de que haviéndose sublevado casi toda la Provincia
no fué capaz el suplicante de apaciguarla, y solo pudo trasladarse a esta ciudad
donde se ha empleado en el servicio Real alistado en la compañía de los
voluntarios.
En todo el tiempo que el suplicante se ha mantenido en esta ciudad
ocupado en el servicio que lleva alegado, han padecido su familia y vienes,
gravísimos perjuicios en la referida Provincia. No anumerando todos por no
molestar la superior atención de Vuestra Señoría Muy Ilustrísima se resuelve
el suplicante ha hacer presente uno, u, otro mas notable para que su notoria
piedad se sirva mandar se le resarza en aquellos términos pocibles.
Ramón Ponce uno de los sequaces del Rebelde Tupaamaro despues
de haver tomado posesión de estas tres Haciendas que tiene el suplicante en
aquella Provincia prendió a la muger del suplicante, y mandó conducir al
Pueblo de Tungasuca, Provincia de Tinta, Quatro Peanas de Ají, Tres de Ropa
de la Tierra y mil seiscientas bacas, como también una peana de sevos y mil
sestos de coca, con mas sesenta mulas con marcu propia del suplicante en las
que cargaron los efectos, y no ai duda que según su quenta pasan de treinta
mil pesos.
Por averiguación y amenazas del mismo Ponse pasó un Indio Lucas
Guallani a entregar a la muger del rebelde setenta marcos de plata labrada,
trescientos setenta y tantos de sellada, que atribulada la muger del suplicante le
dió por ser su compadre para que ocultase dicho Indio declaró ante Francisco
Laysequilla Justicia Maior que es en la actualidad de la referida Provincia que
aviendo entregado dicha plata labrada y sellada a la rebelde, tomó resivo y
aunque ofreció exivirlo trayendo de su choza no lo berificó ni se sabe donde
para por lo que el suplicante no hace presente el enunciado resivo.
Tiene entendido el suplicante que la plata labrada subsiste y que se ha
a traído juntamente con otras piezas a esta ciudad y que teniendo la marca
del apellido del suplicante, a excepción de dos meanos y dos olla, es facil su
reconocimiento. Así mismo se le ha anoticiado al suplicante que barios efectos
de los que lleva referidos como así mismo las mulas, existen y se hallan en la
Provincia de Tinta. Y concibiendo el suplicante (como en realidad es asi) que
las intenciones de Vuestra Señoría Mui Ilustrísima que representa a nuestro
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