Page 810 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. II
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Volumen 2
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                    Señor Visitador General
                    Don Eusebio Balza de Berganza, a nombre de Don Miguel de
            Arriaga, vezino de la ciudad de Lima (cuio poder con la devida solemnidad
            presento y juro) ante Vuestra Señoría en la mejor forma que haya lugar en
            derecho parezco y digo. Que haviendo muerto alevosamente a Don Antonio
            de Arriaga, hermano de mi padre, Corregidor que fué de la Provincia de
            Tinta, ha sido judizialmente declarado heredero suyo, y tiene azeptada la
            herenzia con veneficio de Imbentario. Todos los papeles, bienes muebles,
            alajas, ganados, y veinte y dos mil pesos en dinero, que tenía el citado Don
            Antonio fueron robados por su homicida José Tupac Amaro como es notorio.
            Quando se verificó el arresto de este traydor se le aprendió una gran parte
            de ellos, y porción considerable de Plata sellada según las noticias públicas.
            En esta atención y saviendo que la notoria justificación de Vuestra Señoría
            ha dispuesto se restituyan los enunciados bienes a sus respectivos dueños
            precediendo la correspondiente prueba de su pertenencia.
                    A Vuestra Señoría pido y suplico que debolviéndoseme para otros
            efectos el poder que presento, se sirba mandar se me entreguen todos los
            libros, cartas y papeles que se hubiesen encontrado pertenecientes a dicho
            Don Antonio, y que se me pongan de manifiesto los Imbentarios actuados
            de los bienes aprendidos al Rebelde y sus sequaces, para en su vista y de los
            mismos bienes, señalar los que tocan a esta testamentería, ofreciendo, como
            ofrezco, dar información por aquellos que carezcan de marca, y a mayor
            abundamiento, fianza por la entrega de ellos: que es justicia que espero de la
            distribuida que Vuestra Señoría administra, y para ello etc.
                    Otrosi digo: que mediante allarse en esta ciudad tres esclavos del
            referido Don Antonio de Arriaga a saver un negro llamado José, una mulata
            María Candelaria, y una negra Luisa, que notoriamente pertenecen a la misma
            testamentaría; se ha de servir la integridad de Vuestra Señoría, mandar se me
            entreguen inmediatamente para disponer de ellos según las instrucciones de
            mi parte. Que es justicia. Ut. supra.

            Eusebio Balza de Berganza









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