Page 607 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. II
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Túpac Amaru II
            Rey, justo era que pagase estos bagages para la precisa conducción de dicha
            tropa como lo hizo con los demás que no tuvieron tales caballerías propias y
            también les hubiera pagado el costo de otras cualesquiera que no hubieran
            necesitado para en caso de destinarlas a cualesquiera expedición o marcha;
            pero en ningún modo parece justo que les costeara esta regalía de prevención,
            y cuando absolutamente era necesario para su servicio. Y cuando lo fuera jus-
            to y necesario el abono de un real diario para cada mula que no tenía ejercito
            continuo ni ocupación es muy excesivo en aquel lugar, pues vemos que en esta
            capital, las tropas de mulas que conducen los arrieros troperos, se mantienen
            con solo el costo de un cuartillo por cabeza, en una inverna o Chácara, o pas-
            tos inmediatos, aun siendo todo tan caro, respecto a las demás poblaciones
            del reino, lo cual se hace presente al Ministro que jusgaze de esta cuenta, para
            que si fuere de justicia solicitase el reintegro de este gasto de la Real Hacienda,
            considerablemente gravada con esta y las demás partidas de su naturaleza,
            que se siguen, y que, igualmente, hay cargadas en otras cuentas del gasto de la
            sublevación.
                    Tercera Revista que comprende los veinte y ocho días del mes de Fe-
            brero de 1781, en que devengaron novecientos catorce pesos, siete y medio
            reales, según los haberes que se demuestran en el respectivo ajustamiento, y
            son, a saber:


             Por el de otro Capitán, respecto a su nueva asignación de treinta
             y seis pesos y siete y medio reales cada mes Por Idm. del Teniente,
             por su asignación de veinte y tres pesos, medio real, cada mes......... 036.7 ½
             Por Idm. del Teniente, por su asignación de veinte y tres pesos,
             medio real, cada mes.............................................................................. 023.0 ½
             Por el prest de dos Sargentos, en el referido mes, a razón de seis
             reales diarios cada uno........................................................................... 042.
             Por Idm. de el citado Alferez, en dicho tiempo, al respecto de sus diez
             y ocho pesos, tres y medio reales mensuales...................................  018.3 ½
             Por Idm. de seis cabos, en dicho tiempo, a razón de cinco reales
             diarios cada uno..................................................................................... 105
             Por Idm. de cuarenta y tres soldados, en .el referido tiempo incluso
             el tambor, a cuatro reales diarios cada uno........................................ 602





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