Page 148 - José de la Riva Aguero - Vol-2
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Volumen 2
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            mas castigo que el que ya sufre un procripto por el Congreso separado de su
            familia, y pribado de sus propiedades? Apenas me atreberia a señalar otro mas
            terrible, quando entre los Romanos era igual a la perdida de la vida.
                    He dicho que es contra politica el seguirse la causa. En ella se miran
            complicadas personas muy recomendables por sus anteriores y posteriores
            servicios. ¿Habran de traerse a estos desde diferentes lugares, resivirles decla-
            raciones instructibas, ponerlos en pricion y distraerlos de las funciones que
            estan llenando con la mas acendrada providad y exactitud? Infeliz el Juez que
            solo anele por encontrar victimas que sacrificar á su genio! El Perú iba turbar-
            se; una nube de maldiciones caeria sobre nosotros.
                    Es finalmente ni oportuno. No sé si me engañé en mis maximas; pero
            perdoneseme el exeso de mi philantropia. Cuando una guerra civil es entera-
            mente acabada á nadie debe perseguirse; un perfecto olbido debe caer sobre
            todo; y nada debe hacerse que recuerde los hechos pasados. El Gobierno debe
            destinar las personas segun sus aptitudes, sin que se les increpe por sus anti-
            guas opiniones. Lo contrario seria continuar los odios, los partidos, y la mis-
            ma anarquia que se quiere sofocar. En una palabra no se lograban los nobles
            objetos que al pricipio señalé y que son la seguridad y tranquilidad.
                    Es mi concepto pues, que la Causa de que trato no debe continuar por-
            que esto es inutil, impolitico é inoportuno: Que el proseso debe archivarse en
            el Estado en que halla; y que solo se consulte si la necesidad posterior lo exige.
            En materia tan delicada nada haré sin el consentimiento de S.E. el Consejo de
            Gobierno. A sus altas luces sugeto las pequeñisimas mias y á V.S. protesto en
            cada instante mis mas puro entimientos de respeto y consideracion como su
            mas atento obediente servidor.
                    Manuel de Vidaurre


                    Lima Noviembre de 1826
                    Proscripto del territorio de la Republica don Jose Riva Aguero y con-
            denado á sufrir el ultimo suplicio, caso de presentarse en ella; es una impli-
            cancia se continue la secuela de su causa, respecto á que legalmente ni puede
            moderarsele, ni menos aumentarsele la pena, y supuesto que para ambos ca-
            sos era necesario emplazarlo á que compareciese, lo que de ninguna manera
            conviene á la tranquilidad y el orden publico; suspendase desde luego el giro
            de la causa, archivese y reservese para que la proxima legislatura resuelva lo
            que estime mas conforme al interes del pais y de la justicia; evitandose de este



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