Page 56 - José de la Riva Aguero - Vol-1
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Volumen 1
                                                                          Documentos varios
                    Que todos los gastos ocacionados por el Regimiento los ha soporta-
            do con gusto por quanto conocía y conoce la utilidad de su establecimiento;
            pero que hallándonos en el dia libres de los riesgos que nos amenazaron, por
            medio de las gloriosas batallas de Guaqui y Cochabamba, como al mismo
            tiempo recargado el exponente de labores que necesitan de pronta expedición
            para llevarlas con el dia, como hasta el presente, es de precisa necesidad que
            Vuestra Excelencia se digne exonerarlo de la Tenencia de la Concordia, por la
            contracción á la carrera de Real Hacienda, que es en la que Su Majestad tiene
            ordenado en Real Orden del 25 de Marzo del año proximo pasado que Vues-
            tra Excelencia lo mejore de destino. Que si los demas Xefes y Empleados que
            solamente sirven un destino se hallan exceptuados del servicio militar, parece
            de justicia, que el que desempeña dos de indispensable asistencia, donde se
            apuntan hasta los minutos disfrute de la propia exepcion. Y finalmente que
            si se distrae de su carrera por atender á los guardias y fatigas militares, serán
            atrasadas sus labores del Tribunal: por lo que
                    A Vuestra Excelencia suplica reverentemente se sirva prover en otra
            persona el empleo de Teniente de la 2ª compañia del 1er.Batallón, que el su-
            plente aunque no sea sino de ultimo soldado estará siempre pronto á las ordenes
            de Vuestra Excelencia para derramar su sangre en defensa de los derechos del
            Soberano: cuya gracia espera alcanzar de la justificación de Vuestra Excelencia.
                                                        Lima 7 de Octubre de 1811
                                                        Excelentísimo Señor
                                                        Joseph RivaAgüero

                    A las nueve del dia de mañana se ha de proceder con mi asistencia
            á las elecciones de los oficios Concejiles de este Excelentísimo Cavildo; y se
            lo aviso á Usted para que como elector nombrado por la Parroquia de Santa
            Ana, concurra á dicha hora á la Sala Capitular de referido Ayuntamiento para
            cumplir con lo ordenado en el articulo 7º del Decreto de las Cortes de 23 de
            Mayo ultimo.
                    Dios guarde á Usted muchos años. Lima y Diciembre 12 de 1812.
                                  El Marqués de la Concordia.










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