Page 55 - José de la Riva Aguero - Vol-1
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             Vida y obra de José de la Riva Agüero
            le haya, tenga, y reconozca por tal, y que se le guarden y hagan guardar todas
            las honras, fueros, privilegios, y exenciones que le tocan y pertenecen en vir-
            tud de éste Titulo, de que se tomará razón en los Libros y Oficinas respectivas.
            Dado en Lima á quince de Febrero de mil ochocientos once.
                    Joseph Abascál
                    Simón Rávago

                           Titulo de Teniente de la 2ª Compañía del 1er. Batallón del
                           Reximiento de Voluntarios distinguidos de la Concordia
                           Española del Perú para don José de la Riva Aguero
                                         y Boquete.
                    Tomose Razón en el Real Tribunal de Cuentas de Lima. Febrero 21 de 1811
                                  El Marques de Val de Lirios


                    Queda tomada razón en esta Real Casa; y Contaduría General de
            Exercito de Lima Febrero 21 de 1811.
                    Porturas                            Bonet


                    Tomose Razón en la Comisaria de Guerra y Marina de Limay Febrero
            21 de 1811.
                    Por ocupacion del Señor Comisario
                    Juan Ballena

                    Se tomó razón en esta Sub Inspección General. Lima 18 de Febrero de 1811
                    Monte


                    Excelentisimo Señor
                    Don Josef de la Riva-Agüero, de la Real y distinguida orden Española
            de Carlos 3º, contador y ordenador del Tribunal y Audiencia Real de Cuentas,
            y Juez Comisionado del Real Ramo de Suertes, con el debido respeto espone:
            Que desde la creación del Regimiento de voluntarios distinguidos de la con-
            cordia fue nombrado por Vuestra Excelencia para servir de Teniente en la
            Compañía de su Tío el Marques de Montealegre de Aulestia, cuya obligación
            ha procurado llenar en quanto le han permitido los de su Empleo del referido
            Tribunal y la Comision que exerce por Real Resolución.





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