Page 340 - José de la Riva Aguero - Vol-1
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Volumen 1
Documentos varios
OFICIO DEL CONGRESO AL JEFE SUPREMO MILITAR ANUNCANDOLE
QUE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA HA CESADO EN EL EJERCICIO
DE SUS FUNCIONES EN LOS LUGARES QUE INDICA
El Congreso Constituyente del Perú
Atendiendo a los decretos de 19 y 21 del que rije, acerca de la creación
de un supremo poder militar, revestido de todas las facultades necesarias para
salvar al Perú del actual peligro, ha venido en declarar y declara:
Que el Presidente de la República D. José de la Riva Agüero ha cesado
en el ejercicio de sus funciones enlos puntos que sirvem de teatro a la guerra.
Tendreislo entendido y dispondréis lo necesario á su cumplimiento;
mandándolo imprimir, publicar y circular.
Dado en el Callao en la sala de sesiones á 22 de Junio de 1823-4º y 2º
— Justo Figuerola, presidente — Gerónimo Agüero — Diputado secretario —
Martín de Ostolaza, diputado secretario.
Al Jefe Supremo Militar de la República.
DON JOSE BERNARDO TAGLE
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DEL PERU
POR CUANTO EL SOBERANO CONGRESO, SE HA SERVIDO
DECRETAR LO SIGUIENTE:
EL CONGRESO CONSTITUYENTE DEL PERU.
En consecuencia del decreto de 8 del presente en que se declaró a Don
José de la Riva Aguero reo de alta traicion y sugeto al rigor de las leyes por el
horroroso atentado cometido en Trujillo contra la representacion nacional,
y por los enormes delitos con que notoriamente ha marcado su administracion
desde que usurpó el mando supremo de la república, erigiéndose en tirano de ella;
Ha venido en decretar y decreta:
1. Que todas las autoridades de la República y subditos de ella de cual-
quier calidad que sean, son obligados a perseguir a Riva Aguero por todos los
medios que esten a su alcance.
2. Que al que lo aprehendiese vivo ó muerto se le considere como un
benemérito de la patria, y el gobierno le conceda los premios a que se hace
acrehedor el que libra al pais de un tirano.
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