Page 89 - Debate Constitucional 1978 - Tomo VII
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senor  cóno  piensan  muchos  aericulto.    do ¡ecesa.io efablecer condiciones
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              res, túerosos  po¡  cie¡ro  de quc se d:j&  l¡  fijáció¡  de los liEiiss  refaidos  a efcc
              rr úa aplic¿.ión de e{e  dÉposúno al ti     to de ha@rmás esrable la  lequen!  y m+
              bre  érbnrode  To,  cobcrn¡ores  de rurno:  dia¡a p¡opiedad.  Mu.has  sracia3,  señor
              más bh¡,  bajo  las condicio¡6  que  seña-
              lanos, eslaños fijddo  quc la ley va a
              .lgularla,  Fro   teniendo en.ue¡ta  el !i-   Bl señor  PRESIDENTE-?uedE ¡tu¿.
              !o   de dplotación  á que la tiena  se d:di-  uso de úa  palabra  el seior  ftlreseni¡nie
              qüe y  i.na¡do  en cuenta las pccdiari
              dades deDográficas, so.ial¿s.  seoc¡á¡icat
              ecoúnicas  e nidricas  de cadá ¡eció¡;  ¡o    El  senor  JULVE.-Seior     ?.esidenie,
                                                          ¡eño¡es reDrese¡la¡tes:  Ese  inportsnre
                                                          capjlulo  del  Résimen Agra¡io  ya  ha sidó
                El señor  PRBSIDENTB.-EI seño. É         üatado  por  dife.entés  miembros  de est¡
              ¡¡6enranre  liene  dos mi¡utos.            Asamble,  de tal  mán€r2 qüe  sólo voy a
                                                    r    ¡acer  aisunos alca¡es  co¡  r¿slecto  a io
                Er  señd  MUñOZ  CAX¡Y._Muclas            que se €sbbleco  e¡r.e  Iós afidlos   145,
              $acias,   seño.  ?.€sjdenr¿.  No  debemos y  t52, á caua  de qüe iNolDcrmos  tam
              olvjdar  qu€ se ha  jüsado   cor  €r Ébi¡o  bién, aunque es un  calitulo  aparte, lo
              dé la peqüeña y  hedida    ilopiedad¡  es  refefente a las commidades  i¡dlge¡as y
              .ecesa¡io  Hordd    !o¡   ejenplo,  quc  la  ¡ativ$,  d¡da la rel{ió.   ta¡  esr¡echa que
              p.imera  nodificrció¡   qu¿ se  prcdujo  con  tie¡e.  Bn  .€alidad  todó  6to  conlr¿lde
              la l-ey 15037  del 23 de novichbr€  .le 19?4
              I'  que .€düjo  ei limite  imfeclable  a quin-  Dic!.s  efas   ?ala!hs,   seíor  ?¡esidh
              ce nedá.eas  po¡  predio,  qü¿  a  su  lez  ¿e, debó tddic..  qu€ el prollema  sEra¡io
              fue  nodüic¡do  e¡  las siguienc  oport!   es úo  de los  asú  os  nás  conplejos,
              ¡idádes,  por  er Decreto Iry  20120 det 2i  bás  conholenidos,  a ls   !r   que  Enddá
              de agosto de 1973, que  dala  las nom$     6lrecha  rclación  cor  otros  asp¿ctos de
              paE  consolida¡  la  peqúeña  y  medisna   ¡úesh    realidad  mcio¡al,  fudaúenral-
              !rcliedad   explotada  directdent€   por   Dente  en  el  can¡o  aghrio.  At  dictrse
              sus düeñosi  .¡ictándose lu¿so el  DecÉto  cl  D¿cr€ro tey  1771ó nubo  ua   cú¡  es
              Ley 2013ó  d€ 4 dE setid¡¡e   de 1933  que  leFnza   en ¡ú6b   puébló  porque  pare,
              da ¡omás  pa¡a  co¡solidar  la peqúe¡¡  y  cteF  que este dec.eto, y  ssl  úo  dij¿.on
              medima  p.opiedad  e4lotada      ¿iecta-   las  gent¿s  del  goliemo  y  sus vo@s  d
              mente por su  düeños  de¡osa el D:*'       dif*nt6    nireles,  debl¿ .csolver  un vie
                                    J
              10 Ley 20120, aeslués  se ha dado  el  De  jo  enelo,  u  vEjo  sueño, uá   sn'   es
              creto t€y  21¡7ó  por el cml  el go¡ierno  porúa    de   stro  enp6i¡ado,    eD vir
              deterhina ¡orhás  que r:eu¡an la peqDe. 1ud dei cüa¡ pudie¡e  ellos te¡er  por  tin,
              .a  y nedia.a  lmpied¿di  posrdiormente u¡    le.lázo   d¿ tidra  {   lmpiedd,   pará
              se da o1rc  Decr€ro Ley 21333  que  lijó   inbajadá  cor  af€cio, con  sinparia  y   ,o
              .uevos  límiies  a  b  peqEñ¡  y  m¿dima   di.la  ¡asla  con  mor,  pe.o  deseraciada-
              propi¿dad y Édujo  el área de un pr¿dió m¿nr¿, .i  el  go¡i¿.¡o  ni  i,  burocracia
              ¡  circucnia  ¡ecrá.essj  lüeEo  se dio el De-  monbda  para póre.  en p.áctica  h  refói-
              c¡¿to  l:y  22176 qü3 deroCa  el  Decreto
             ley  21333  y ¡ija ¡u¿latr¡te  límÍes  en   caniso   l¡nadó  sinamos  se encarsaron
             cie¡1o cincue¡ta hectáreas  y por úhiúo,    de revelar  ll  verdad  ¿e que ¡o  solanen
             s:  dio  el tlecreto  Ley 22333 de dicienbre  ir  bay Dn  pmblema  agE.io  sino qüe yo
              de 1973  qúe  ¡e¡lecciona   la noma¡ivida¿  diria  qu€ hay ioda  u¡a  trac¿dia,  en ef¿c,
             r¿¡erste  a la peqücña y  ¡nedima  l)ropi¿  to, se olvidlron  de decjr  qre  nosotrcs
             dad rur¡l  y  deroga inclusive el Dcc¡3to
             ky  20136.  Para evitar, senor, estos  jüF  loca   tiérm  o dic¡o  de otra  nane.a,  t¿
             eos  co¡  l:   s¿n!.   qüe p.odu@, ldos   cr€i  ncños  muclos  asricultores,   lero   i:¡e
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