Page 102 - Debate Constitucional 1978 - Tomo VII
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ximaciór a las foúas de p¡opisdad so osos nrsús s, 10, ls ó 20 c¿nbvos, a¡-
cial; las conunidades caúpesinas hm b el saqucó y la redücció¡ dé las lierras
sido y son donde ¡os gobie¡nos hm d conúnales por la voracidsd .le los smG
leriDentado una srje de prqranas co- nalcs, los canpesinos de si¡í, Rancas,
no ¿l c¡so VilT cono si se trarara de Pátapó, Eclaratq odos, CarhDacallan-
co¡ejillos de i¡dias con cuyo he.io fms
B¿, H!ásicdcha, c¡o¡gos Al1o, Huayá
rarcn las legiiimas aspi.acion* de los nay, Chepé¡, fiuaylta¡üa¡a, Moya, Vilca,
comunéros, :crcce.taron ia doúinació¡, Pucachupá, soiterá, o¡ócora y otros co'
la dependencia y l¿ desconfioza, en la ño el Altó ?ñra, Reqüe y Cajama.c¡ sa'
fomrnación rle proysctos y procranas l¿n d d¿lensa de sus tie¡ras y son ma,
¡o !¡rlicipron ra comunidád ni sus di. sacrados y encarcelados: a ell6 et ?ár-
rigenies, por cl conrario se im¡lsiero¡
dAo Cómunisra ?e.umo ri¡de su sent;
a.cio¡6 que s¿¡e¡alnenie no respor do ¡one¡aje asi como ¡ todos ios lucha
den a los inr.rcses y .cccsidades de L .lores del cánpo qrc se n¡niiene¡ en el
conuidad ri al desarrcllo rural nr
nos al bienesla¡ dc los conuetus. ño DesdE osa tibuna, seno. Preside¡te
ob*antc qúe cl canpesi.o penmo co¡- y seÁoEs ¡sañblektas, voy a dénandar
tibuyó erandemente a la indep¿nde¡ci¡ qus c*e gobiomo con molivo del Dia de
¡acio¡al, ¡o ss ¡izo nada For su li¡eÉ- 1¡ Mad.e y del Dra de la Barden, d 7
ción ¿cfinit a, al co¡.ra.io en 1324 sur- dejünio próxiúo, én !¡ ado ¿e jüsticiá
sen leres que db¡onen que las rietns qpida un de*¿¡o ley de i¡dulió lara
.onunales Fod.im ser paEeladas y v.n- los cmpesi¡os .te Hüaya&y, ya que la
didasi ante ena s¡ave siluriór, surs:¡
¡l lado dE las lúchas caúlesinas voces iusticia cor espnjtú lifo y ¡o @np.en'
vrlidtes como la dc Clori¡da Mato de diendo qu¿ ei hecho se habla producido
Trm€¡ quE e¡ su nolcla "a'es sin Ni- sssjn la dóct¡ú y er derc.ho conpam_
do , dénun.ia la exploiación a que son do, ime.so denttu der d¿lito coleciilo
sonetidos los canpesinos con la cóm_ consündo lor um mucbeduúbfe, lnos
plicidaa ¿:l ú4 el juez y el go¡emador han sido scrtenciados a purca. una car-
de mtonces; le¡¿nos entre las liCu¡as caeria mayor de 5 anos y ot.os há¡ sido
epónimas que tratan este pmblena sar_ condetudos á 3 años de lrisión- Por ello
sra¡te de las grandes mayorlas náciom- r€ibú, inststo qlc 61os campesims que
les de nust¿ palria, al cran hisroria' dchorraron ¡o conoc¿r más qüg simpre
dor l-uis E. ValcárcEl, a Uriel Garcia, a y llúamenre sús ance$rales óstubres
José M¡ri¡ Arguedas, a Manuél Ciuá- y de !rac!i.a. la lilosofla del ama llüc-
lez ?m.la, a Hildelmndo Cast.o Pqo, a lla, ana quela y Añá súa, actuaroD bajo
C¿sr Güardia Mayorea, a José Calos esa situación fróte a un forajido qu¿
M{iáregui, quier orsá¡izó y fu¡dó la Fe alentó contra todá um conunidad cám-
deFción de campsirós y Yana.onas del pcsina, digo pucs que ü. juicio hdebido
?eit er ano 1924, contbdó desde aqúe. e i¡justo hicie.on losible n¡a sentmcia
lla fecha los cmlesi¡ós con ese va¡io- por demás i¡hlna.a € ilesal.
so instunenlo de lücha y d: d€fensa, Alora, señor Pfeside¡te, quierc refe-
l¡s cañpesinos de Shurc, prdlrci¿ d¿ rime a la posició¡ dél ?a.1ido Comu¡is.
¡aucadanbo, depáúm6to dEl Cüzco, ra P3rua¡o f.en¡e ol cap¡tulo que se €s
co¡ Salurnino Huillca a la c¡heza fo.' tá debatie¡do y sobre el cuaL debo €x
nan el ¡rider sindietó agrário para lú- pr6ar que en Ia Conriiució¡ del año
char conta el sisteúa feudal de r¡a¡a- 1933 se hace retcrencia a esra institúción
jo, po¡quo todavja po. el ano 1960 los de las conunidades .dlesinas €n seis
sanonales dc la!¡ovi¡cia de ?áucartaú. lrtcu¡os, en lanto
¡o laeab:n salorios de 5, 10, 15 y 20 cen. tituci¿n escasan¿nt. y a régañadient.s
tavos disrios y nuclDs de los 1rábaja- le da cábida en r¡es artfculos a tra!és de
dores del canpo no conociani siquier¿ los cuales ¡o se pNde ¿slablccer realr