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con  cargo  a  la  fuente  de  financiamiento  de  recursos  directamente  recaudados,  sin
               demandar recursos adicionales al Tesoro Público.


               La nueva escala remunerativa se aprueba en el marco de la cuarta disposición transitoria
               de  la  Ley  28411,  Ley  General  del  Sistema  Nacional  de  Presupuesto,  para  efectos  de
               implementar lo dispuesto en la presente disposición.


               Exonerase a la ONPE de lo establecido en los artículos 6 y 9 de la presente ley.

               Hacemos llegar la presente propuesta.

               Presidente, también solicitar al ministro de Defensa.

               En Ancash ha desaparecido hace varias semanas el ciudadano Luis Ramos Urbano, de 59
               años, por quien solicitamos se siga luchando para poder recuperar su cuerpo.


               La población de Chimbote se lo va a agradecer.

               Muchas gracias.

               El señor PRESIDENTE (Segundo Tapia Bernal).— Continúe, congresista Reátegui.


               El señor REÁTEGUI FLORES (FP).— Presidente, solo pedirle que levante la sesión. Creo
               que estamos más de 12 horas en este espacio. Y mañana podemos continuar.


               Gracias.

               El  señor  PRESIDENTE  (Segundo  Tapia  Bernal).—  Congresista  Carlos  Tubino,  para  una
               interrupción.

               El señor TUBINO ARIAS SCHREIBER (FP).— Muchas gracias.

               Precísase que el personal calificado —esto es para una disposición complementaria— al
               que  se  hace  referencia  en  la  Ley  24053,  denominan  campaña  militar  de  1941  a  los
               gloriosos hecho de armas cumplidos en Zarumilla y en la frontera nororiente, y declaran
               el 31 de julio día central conmemorativo.

               Percibe  una  única  bonificación  equivalente  a  2  mil  550  soles  mensuales,  con  carácter
               vitalicio e intransferible, monto que no es reajustable o indexable.

               Los  únicos  beneficiarios  son  los  registrados  en  el  aplicativo  informático  de  la  planilla
               única de pagos del sector público del Ministerio de Economía y Finanzas, a la fecha de
               publicación de la presente ley.

               La implementación de la presente disposición se financia con cargo a los recursos de la
               reserva de contingencia.

               Muchas gracias.

               El señor PRESIDENTE (Segundo Tapia Bernal).— Continúe, congresista Víctor Albrecht.



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