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Para  el  cumplimiento  del  presente  artículo,  autorícese  a  los  pliegos  involucrados  a
               realizar...


               La señora PRESIDENTA (Leyla Chihuán Ramos).— Para concluir, congresista Velásquez.

               El señor VELÁSQUEZ QUESQUÉN (PAP).— Le pedí, presidenta, su comprensión.

               Nosotros habíamos hablado en Mesa, porque no hemos usado nuestros 10 minutos de
               bancada que usaron todas las bancadas.

               La señora PRESIDENTA (Leyla Chihuán Ramos).— Haga uso del tiempo del congresista
               Mulder.

               El señor VELÁSQUEZ QUESQUÉN (PAP).— Le agradezco, Presidenta, su comprensión.


               Continúo la propuesta de artículo referido a la aplicación de control concurrente de la
               Contraloría.

               Las transferencias referidas en el párrafo precedente se aprueban mediante resolución del
               titular del pliego en el caso del gobierno nacional o con resolución ejecutiva regional o
               resolución de alcaldía en el caso de los gobiernos regionales o locales, respectivamente.


               La  resolución  del  titular  del  pliego  del  gobierno  nacional  y  la  resolución  ejecutiva
               regional, se publican en el diario oficial El Peruano, y la resolución de alcaldía se publica
               en su página web.


               La Contraloría General de la República incorpora los recursos transferidos en la fuente de
               financiamiento donaciones y transferencias.


               Presidenta,  con  este  artículo  todos  los  sectores  del  Poder  Ejecutivo  van  a  tener  la
               posibilidad de hacer convenios con los organismos internacionales para que puedan, a
               través de ellos, adquirir bienes, servicios, hacer obras. Y a lo que no puede renunciar el
               Estado Peruano es a que la Contraloría quede exenta de su facultad de control.

               Por eso, este artículo es muy importante para garantizar la transparencia en la ejecución
               de estos recursos.


               Presidenta, gracias a la iniciativa del congresista Tapia el día de hoy ha salido publicado
               en el diario oficial El Peruano la ley que reconoce el tiempo de servicios y regulariza la
               transferencia de aportes a la Caja de Pensiones Militar y Policial y que otorga el grado
               inmediato superior a los oficiales de servicio de la policía que ingresaron en el proceso de
               asimilación de la Policía Nacional del Perú en 1995 que estaban comprendidos en las
               resoluciones ministeriales 929-2015 y 0112-2016 de la Policía Nacional de Perú.

               Aquí, presidenta, lo que se tiene es autorizar que como hoy día ha sido publicada la ley,
               se autorice al pliego para que con cargo a su presupuesto institucional se pueda hacer la
               previsión  de  la  implementación  de  estos  beneficios  que  se  les  está  reconociendo
               legítimamente  a  los  profesionales de  la  salud  que  fueron  desplazados  del  año  95  que
               fueron sacados de su régimen de servicio policial; de tal manera, presidenta, que creo



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