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Exonérase al ministerio de lo dispuesto en los artículos 6 y 9, numeral 9.1, de la presente
ley".
Gracias, presidenta; gracias, congresista Mantilla.
—Reasume la presidencia el señor Daniel Salaverry Villa.
El señor PRESIDENTE (Daniel Salaverry Villa).— Tiene la segunda interrupción, congresista
Alcalá.
El señor ALCALÁ MATEO (FP).— Gracias, Presidente; gracias, congresista Mantilla.
"Disposición Final.— Autorízase durante el Año Fiscal 2019 al Instituto Nacional de
Defensa de Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - Indecopi para
realizar aportes a la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo,
para la realización de un *PERT reward, cuyo objeto sea la evaluación integral del
Sistema Nacional Integrado de Protección al Consumidor y de la Política Nacional,
considerando las mejores prácticas a nivel internacional, que permitan determinar, entre
otros aspectos, las dificultes a superarse y las recomendaciones a implementarse tanto en
la esfera jurídica como institucional.
Lo establecido en la presente disposición se financia con cargo al presupuesto
institucional del Indecopi, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público".
También, señor presidente, el próximo año se juega el Mundial Sub-17 aquí en el Perú y
había que autorizar la parte presupuestal, en la siguiente disposición.
Acciones para la preparación y realización y desarrollo de la Copa Mundial de Fútbol
Sub-17 Perú 2019
Primero.— Autorízase al Ministerio de Educación durante el Año Fiscal 2019 a realizar
modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor del Instituto Peruano del
Deporte...
El señor PRESIDENTE (Daniel Salaverry Villa).— Está en interrupción, congresista Alcalá;
pero tiene tiempo para que redondee, por favor, la disposición.
El señor ALCALÁ MATEO (FP).— Gracias, Presidente.
... que se llevará a cabo en diversas ciudades del territorio peruano durante el mes de
octubre del año 2019.
Dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante decreto supremo
refrendadas por el Ministerio de Economía y Finanzas, y el Ministerio de Educación, a
propuesta de este último.
Para efectos de lo establecido en el párrafo precedente, exceptúase al Ministerio de
Educación de las restricciones previstas en el numeral 9.6, 9.7, 9.8, 9.10 de la presente
ley; y el inciso 4 del numeral 48.1 del artículo 48 del Decreto Legislativo 1440, Decreto
Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
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