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58  Diario de los Debates - Primera LegisLatura Ordinaria de 2017

                  1. Dispónese la reactivación de la Comisión Eva-  lo 45 de la Ley 28411, Ley General del Sistema
                  luadora de las deudas del Estado generadas por   Nacional de Presupuesto, hasta por la suma de
                  sentencias judiciales emitidas, creada median-  S/ 50 000 000,00 (CINCUENTA MILLONES Y
                  te la Sexagésima  Novena Disposición Comple-  00/100 SOLES).
                  mentaria Final de la Ley 29812, y conformada
                  por  Resolución  Suprema  100-2012-PCM,  a  fin   Además,  se  autoriza  a  realizar  modificaciones
                  de que apruebe un listado complementario  de   presupuestarias en el nivel institucional a favor
                  las deudas del Estado generadas  por senten-  del Ministerio de Economía y Finanzas, con car-
                  cias judiciales en calidad de cosa juzgada y en   go a los saldos disponibles según proyección al
                  ejecución, para la cancelación y/o amortización   cierre del Año Fiscal 2017 del Presupuesto del
                  de  montos hasta por la  suma  de  S/  30  000,00   Sector Público,  las  que  se  aprueban  mediante
                  (TREINTA MIL Y 00/100 SOLES), en un plazo   decreto supremo, y utilizando, de ser necesario,
                  de 60 (sesenta) días calendario contados a partir   el procedimiento establecido en el artículo 45 de
                  de la vigencia del reglamento de la presente dis-  la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional
                  posición, para continuar con el proceso del pago   de Presupuesto.
                  de sentencias judiciales en calidad de cosa juz-
                  gada y en ejecución, iniciado por la Ley 30137,   Asimismo, el Ministerio de Economía y Finan-
                  Ley que establece criterios de priorización para   zas  queda  autorizado  a  realizar  transferencias
                  la atención del pago de sentencias judiciales.  financieras,  en  los  años  fiscales  2017  y  2018,
                                                              hasta por la suma de S/ 250 000 000,00 (DOS-
                  2. El  listado a ser  elaborado  por la  Comisión   CIENTOS CINCUENTA MILLONES Y 00/100
                  Evaluadora a que se refiere el numeral prece-  SOLES),  para  el  financiamiento  de  lo  estable-
                  dente, contiene sentencias judiciales en calidad   cido en la presente disposición, con cargo a los
                  de cosa juzgada y en ejecución, de pliegos del   recursos habilitados en el marco de los párrafos
                  Gobierno Nacional y de los gobiernos regiona-  precedentes,  con  exclusión  de  las  sentencias  a
                  les, que se financian con recursos por la fuente   que se refiere el numeral 6 de la presente dis-
                  de  financiamiento  Recursos  Ordinarios.  Dicho   posición.  Dichas transferencias  se  aprueban
                  listado se elabora sobre la base de la informa-  mediante resolución del titular, la cual se publi-
                  ción presentada  por los “Comités  para la ela-  ca en el diario oficial El Peruano. Las referidas
                  boración y aprobación del listado priorizado de   transferencias se depositan en la cuenta que de-
                  obligaciones derivadas de sentencias con calidad   termine la Dirección General de Endeudamien-
                  de cosa juzgada”, a que se refiere el artículo 4   to y Tesoro Público del Ministerio de Economía
                  del Reglamento de la Ley 30137, aprobado por   y Finanzas, quedando, a su vez, exceptuados de
                  Decreto Supremo 001-2014-JUS.               lo dispuesto en el literal a) del artículo 18 y en
                                                              el literal a) del numeral 20.3 del artículo 20 del
                  Para tal efecto, los titulares de las entidades del   Decreto Legislativo  1276,  Decreto Legislativo
                  Gobierno Nacional y de los gobiernos regionales   que aprueba el Marco de la Responsabilidad y
                  deben remitir al Ministerio de Justicia y Dere-  Transparencia Fiscal del Sector Público No Fi-
                  chos Humanos, la información de los comités re-  nanciero, disponiéndose, asimismo, que los re-
                  ferida en el párrafo precedente, conforme a los   cursos a los que se refiere el presente numeral
                  procedimientos y plazos que se establecen en el   no pueden ser utilizados en la Reserva Secunda-
                  reglamento de la presente disposición.      ria de Liquidez (RSL) a que se refiere el literal q)
                                                              del artículo 6 de la Ley 28693, Ley General del
                  3. La implementación de la presente disposición   Sistema Nacional de Tesorería.
                  se financia con cargo a los recursos a los que se
                  refiere el artículo 44 de la Ley 28411, Ley Gene-  Dichos recursos se incorporan en los pliegos del
                  ral del Sistema Nacional de Presupuesto, hasta   Gobierno Nacional y los gobiernos regionales,
                  por la suma de S/ 50 000 000,00 (CINCUENTA   en la fuente de financiamiento Recursos Ordi-
                  MILLONES  Y 00/100  SOLES), y a los saldos   narios,  mediante  decreto supremo refrendado
                  disponibles según proyección al cierre del Año   por el ministro de Economía y Finanzas y por
                  Fiscal 2017 del Presupuesto del Sector Público,   el ministro de Justicia y Derechos Humanos, a
                  hasta por la suma de S/ 200 000 000,00 (DOS-  propuesta de este último, y con sujeción a la in-
                  CIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES).           formación contenida en el listado complementa-
                                                              rio a que se refiere el numeral 2 de la presente
                  Para tal efecto, se autoriza al Ministerio de Eco-  disposición.
                  nomía y Finanzas para realizar modificaciones
                  presupuestarias en el nivel funcional programá-  4. Los pliegos a los que se asignen recursos en
                  tico en el marco de lo establecido en el artícu-  virtud  del  decreto  supremo  a  que  se  refiere  el


                   Diario de los Debates - 20.  C sesión (vesPertina) 30-11-2017
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