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Primera LegisLatura Ordinaria de 2016 - tOmO iii - Diario de los Debates     1907
                  ral del Sistema Nacional de Presupuesto, has­  ferencias  financieras  a  favor  del  Ministerio  de
                  ta por la suma de S/ 180 000 000,00 (CIENTO   Justicia  y Derechos Humanos  y del  Instituto
                  OCHENTA MILLONES Y 00/100 SOLES).           Nacional Penitenciario, con cargo a sus saldos
                                                              de balance por la fuente de financiamiento Re­
                   Para tal efecto, se autoriza al Ministerio de Eco­  cursos Directamente Recaudados, que dicha en­
                  nomía y Finanzas para realizar modificaciones   tidad previamente incorpora en su presupuesto
                  presupuestarias en el nivel funcional programá­  institucional, hasta por un monto de S/ 70 000
                  tico en el marco de lo establecido en el artículo   000,00 (SETENTA MILLONES Y 00/100 NUE­
                  45  de  la  Ley  28411,  Ley  General  del  Sistema   VOS SOLES), para el financiamiento de la sos­
                  Nacional de Presupuesto, y con cargo a los re­  tenibilidad de los gastos de operatividad donde
                  cursos mencionados en  el  párrafo  precedente.   se ha implementado el Nuevo Código Procesal
                  Asimismo, el Ministerio de Economía y Finan­  Penal,  aplicación de la nueva normativa  sobre
                  zas queda autorizado a realizar transferencias   crimen organizado, otros gastos asociados a la
                  financieras  hasta  por  la  suma  de  S/  180  000   difusión y evaluación del Nuevo Código, conti­
                  000,00  (CIENTO OCHENTA MILLONES  Y         nuar con la implementación de la obligatoriedad
                  00/100 SOLES), para el financiamiento de lo es­  del Sistema de Conciliación; defensa legal gra­
                  tablecido en la presente disposición, con cargo a   tuita de víctimas en materia familiar y laboral
                  los recursos habilitados en el marco del párrafo   y para la atención de gastos de funcionamiento
                  precedente. Dichas transferencias se aprueban   y operatividad de la administración general;  y
                  mediante resolución del titular, la cual se publi­  seguridad penitenciaria.
                  ca en el diario oficial El Peruano. Las referidas
                  transferencias se depositan en la cuenta que de­  Las  transferencias  financieras  autorizadas  por
                  termine la Dirección General de Endeudamien­  la presente  disposición  se aprueban  mediante
                  to y Tesoro Público del Ministerio de Economía   resolución del Titular del pliego SUNARP, pre­
                  y Finanzas.                                 vio informe favorable de la oficina de presupues­
                                                              to  o la que haga sus veces en la SUNARP. La
                   Dichos recursos se incorporan en los pliegos del   resolución del Titular del pliego se publica en el
                  Gobierno Nacional y los gobiernos regionales,   diario oficial El Peruano. Los recursos públicos,
                  en la fuente de financiamiento Recursos Ordi­  bajo responsabilidad, deben ser destinados solo
                  narios,  mediante decreto supremo refrendado   a los fines para los cuales se autorizó su transfe­
                  por el ministro de Economía y Finanzas y por   rencia conforme a la presente disposición.
                  el  ministro de  Justicia  y Derechos  Humanos,
                  a propuesta de este último, y con sujeción a la   El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
                  información contenida en el listado complemen­  y el  Instituto Nacional  Penitenciario,  incorpo­
                  tario a que se refiere el numeral 2 de la presente   ran los recursos a los que se refiere la presente
                  disposición.                                disposición en sus presupuestos institucionales,
                                                              en  la  fuente  de  financiamiento  Donaciones  y
                  4. Los pliegos a los que se asignen recursos en   Transferencias.
                  virtud del decreto supremo a que se refiere el
                  numeral 3 de la presente disposición, tienen la   SEXAGÉSIMA PRIMERA. Autorízase, ex­
                  obligación de verificar los montos que, a la fecha   cepcionalmente, al Ministerio de Transpor­
                  de la transferencia, mantienen por concepto de   tes y Comunicaciones, durante el Año Fiscal
                  sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada   2017, para realizar modificaciones presupues­
                  y en ejecución, para evitar duplicidad de pagos.   tarias  en  el  nivel  institucional  a  favor  de  la
                  Asimismo, deben reportar los pagos realizados   Agencia  de  Promoción  de  la  Inversión  Pri­
                  de acuerdo al artículo 3 de Ley 30137.      vada (PROINVERSIÓN), hasta por el monto
                                                              de S/ 15 000 000,00 (QUINCE MILLONES Y
                  5. Mediante decreto supremo refrendado por el   00/100 SOLES) para financiar el desarrollo de
                  ministro de Economía y Finanzas y el ministro   los estudios de preinversión a nivel de perfil y
                  de Justicia y Derechos Humanos, se aprueban   de factibilidad, así como otros gastos durante
                  las normas reglamentarias para la mejor apli­  el proceso de promoción de la inversión pri­
                  cación de la presente disposición, dentro de los   vada para el Tercer Grupo de Aeropuertos de
                  30 (treinta) días siguientes a su entrada en vi­  Provincia de la República del Perú.
                  gencia.
                                                              Las modificaciones presupuestarias en el nivel
                  SEXAGÉSIMA. Autorízase,  excepcionalmen­    institucional, autorizadas por la presente dispo­
                  te,  a  la  Superintendencia  Nacional  de  los  Re­  sición, se aprueban mediante decreto supremo
                  gistros Públicos (SUNARP) para realizar trans­  refrendado  por el  ministro  de Economía  y Fi­


                                                                  20  B sesión (matinaL) 28-11-2016 - Diario de los Debates
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