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Primera LegisLatura Ordinaria de 2016 - tOmO iii - Diario de los Debates 1479
Franco, Quintanilla Chacón, Ramírez Gamarra, Tiene la palabra el presidente de la Comisión de
Ramírez Tandazo, Ríos Ocsa, Rodríguez Zavaleta, Trabajo y Seguridad Social, congresista Cevallos
Román Valdivia, Rozas Beltrán, Saavedra Vela, Flores.
Salaverry Villa, Salazar De La Torre, Salazar
Miranda, Sánchez Alva, Sarmiento Betancourt, El señor CEVALLOS FLORES
Schaefer Cuculiza, Segura Izquierdo, Takayama (FA).— Señora Presidenta: La
Jiménez, Tapia Bernal, Ticlla Rafael, Torres Mo- Comisión de Trabajo y Seguridad
rales, Trujillo Zegarra, Tubino Arias Schreiber, Social, en su décima sesión del
Tucto Castillo, Ushñahua Huasanga, Velásquez martes 15 de noviembre, aprobó el
Quesquén, Ventura Ángel, Vergara Pinto, Vieira dictamen recaído en los Proyectos
Portugal, Villanueva Arévalo, Villanueva Mercado, de Ley 147 y 322, que proponen la
Villavicencio Cárdenas, Violeta López, Yika García, incorporación de los trabajadores de EsSalud
Yuyes Meza, Zeballos Patrón y Zeballos Salinas.” bajo el régimen temporal CAS al régimen laboral
de la actividad privada, regulado por la Ley de
Se aprueba en primera votación el texto Productividad y Competitividad Laboral, Decreto
sustitutorio materia de debate, contenido Legislativo 728.
en el dictamen de la Comisión de Trabajo
y Seguridad Social, en virtud del cual se En relación con este dictamen, que fue aprobado
incorpora al régimen laboral del Decreto con un texto sustitutorio, es importante señalar
Legislativo 728 a los trabajadores profe que en la reunión hubo dos textos sustitutorios;
sionales, no profesionales, asistenciales en uno había dos disposiciones complementarias
y administrativos de EsSalud que se en en las que se establecía la necesidad de que no hu-
cuentran bajo el régimen de Contratación biera ningún cese de los trabajadores CAS, en este
Administrativa de Servicios; seguidamente, período de tres años, que pasarían al régimen del
se acuerda exonerar dicha fórmula de se Decreto Legislativo 728; y que no se contratarían
gunda votación más trabajadores bajo el régimen CAS.
La señora PRESIDENTA (Luz Salgado Ru Estas dos disposiciones complementarias, final-
bianes).— El siguiente punto. mente, no fueron aprobadas por la mayoría; pero
el texto sustitutorio fue aprobado en general
El RELATOR da lectura: en todo lo que restaba. Quiere decir que hubo,
efectivamente, una opinión unánime de que
Dictamen en mayoría de la Comisión de Trabajo los trabajadores del régimen CAS pasaran al
y Seguridad Social, con un texto sustitutorio de régimen del Decreto Legislativo 728. Donde no
los Proyectos de Ley 147 y 322/2016-CR, por el hubo acuerdo fue en esas dos disposiciones. Pero
que se propone incorporar al régimen laboral vale la pena señalar que en lo que corresponde
del Decreto Legislativo 728 a los trabajadores al texto sustitutorio que estamos presentando
profesionales, no profesionales, asistenciales y acá —el dictamen final—, hubo acuerdo de toda
administrativos de EsSalud que se encuentran la Comisión de aprobarlo.
bajo el régimen de contratación administrativa
de servicios (CAS).* El dictamen tiene por objeto incorporar al régi-
men laboral de la actividad privada, regulado por
La señora PRESIDENTA (Luz Salgado el Decreto Legislativo 728, al personal médico,
Rubianes).— Se va a iniciar la sustentación del administrativo y técnico del Seguro Social del
dictamen en mayoría de la Comisión de Trabajo y Perú —EsSalud, que a la fecha se encuentra bajo
Seguridad Social, con un texto sustitutorio de los el régimen CAS y que tenga cuando menos dos
Proyectos de Ley 147 y 322, por el que se propone años de servicio en la institución.
incorporar al régimen laboral del Decreto Legis-
lativo 728 a los trabajadores profesionales, no Este dictamen parte de constatar que la temporali-
profesionales, asistenciales y administrativos de dad de la contratación laboral para la ejecución de
EsSalud que se encuentran bajo el régimen CAS. labores de índole permanente no solo es contraria
al ejercicio de derechos laborales fundamentales,
La Junta de Portavoces, con fecha 23 de noviem- como es el derecho a la estabilidad laboral y al
bre de 2016, acordó la exoneración de dictamen de trabajo, sino que crea inestabilidad al interior
la Comisión de Presupuesto, del plazo de publica- del centro de labores, afectando el clima laboral
ción en el Portal del Congreso del dictamen de la e introduciendo elementos de conflictividad entre
Comisión de Trabajo y la ampliación de agenda. la dirección y el personal.
* El texto del documento obra en los archivos del Congreso de la República.
20. sesión (matinaL) 24-11-2016 - Diario de los Debates
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