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permanente; en consecuencia, esta octogésima octava disposición final también debería
               ser corregida.


               Gracias, señor Presidente.

               El  señor  PRESIDENTE  (Luis  Iberico  Núñez).—  Tiene  la  palabra  el  congresista  Fredy
               Otárola.

               El señor OTÁROLA PEÑARANDA (NGP).— Presidente, fui ministro de Justicia y nos dimos
               con  la  ingrata  sorpresa  de  que  ese  sector  era  uno  de  los  más  afectados  por  las
               remuneraciones. Por eso, propongo un artículo a efectos de que se autorice al Ministerio
               de  Justicia  y  Derechos  Humanos  un  reajuste  para  el  incremento  de  los  incentivos
               laborales  del  personal  sujeto  al  régimen  del  Decreto  Legislativo  276,  con  opinión
               favorable de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y
               Finanzas,  por  lo  que  quedaría  exceptuado,  para  este  efecto,  de  las  disposiciones  y
               restricciones contenidas en la Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
               2016 y de lo dispuesto en el literal a.5 de la octava disposición transitoria del Texto Único
               Ordenado de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Para el
               financiamiento de la presente disposición, se autorizaría a la Superintendencia Nacional
               de los Registros Púbicos a efectuar una transferencia financiera.

               La Superintendencia tiene saldos, saldos que no pueden estar guardados. El Estado no
               puede  ahorrar  habiendo  necesidades  como  la  de  un  sector  de  trabajadores  que  se
               encuentran marginados y con remuneraciones que en algunos casos no pasan de los mil
               nuevos soles.

               Asimismo,  Presidente,  pedimos  incluir,  en  la  cuadragésima  disposición  complementaria
               final del Proyecto de Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año 2016, el siguiente
               texto:

               “Autorízase  a  la  Superintendencia  Nacional  de  Bienes  Estatales  a  realizar  las  acciones
               necesarias para la implementación de su política remunerativa aprobada por el Decreto
               Supremo 133-2001-EF, para lo cual queda exceptuada de lo dispuesto en el artículo 6 y
               el numeral 9.1 del artículo 9 de la presente Ley y de la cuarta disposición transitoria del
               Texto  Único  Ordenado  de  la  Ley  28411,  Ley  General  del  Sistema  Nacional  de
               Presupuesto”.

               Presidente,  tenemos  que  cumplir  con  nuestros  médicos.  Hay  pactos  y  acuerdos  que  el
               Gobierno  tiene  que cumplir.  Por  eso,  estoy  alcanzándole  al  presidente  de  la Comisión
               una  propuesta  a  efectos  de  autorizar  al  Ministerio  de  Salud  la  modificación  de  las
               valorizaciones y bonificaciones contempladas en el Decreto Legislativo 1153 dentro del
               marco presupuestal del sector Salud. Esto para cumplir con el compromiso que asumió el
               Estado con los médicos el 2014.

               Me pide una interrupción el congresista Reátegui.


               —Asume la Presidencia el señor Mariano Portugal Catacora.





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