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Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el responsable de desarrollar y promover
proyectos para la implementación de los Centros de Servicios al Transportista a través de
los mecanismos de promoción de la inversión privada establecidos en la normativa
vigente.
Para tal fin, facúltese al Ministerio de Transportes y Comunicaciones para que emita las
disposiciones necesarias complementarias que permitan cumplir con la presente norma.
Asimismo, modifícase la quinta disposición complementaria final de la Ley 30025,
conforme al siguiente texto:
‘Quinta
[…]
Centro de Servicios al Transportista de Corcona, La Oroya, Ancón, Huarmey y Pucusana-
Chilca’.”
De otro lado, pedimos el siguiente texto adicional para la vigésima novena disposición
complementaria final:
“c) Los predios afectados y/o expropiados para la infraestructura de la Línea 2 y Ramal
Avenida Faucett - Avenida Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao, así
como también los predios de propiedad privada afectados para los aportes a reservas
viales.
d) Habilitaciones urbanas colindantes al proyecto realizadas a favor de los gobiernos
locales que no se hayan ejecutado y que el proyecto requiera para mejorar la
infraestructura de acceso; y de estaciones que sean transferidas, en pleno derecho, a la
ATT con la sola comunicación del gobierno local competente no podrán ser parte de los
proyectos de infraestructura vial a que se refiere la presente disposición.”
Y otra propuesta que pido que se incluya se refiere a la universalización de la política
nacional:
“Declárase de interés nacional al 2021 la universalización de la política nacional de
enseñanza, aprendizaje y uso del idioma inglés – ‘Inglés, puertas al mundo’, aprobada
por Decreto Supremo 012-2015-MINEDU. Para tal efecto, el Ministerio de Educación
asume el rol de ente rector para la coordinación y la articulación intersectorial en el
desarrollo de la citada política, con la finalidad de que todos los sectores involucrados
cumplan sus roles y ejecuten su intervenciones con cargo a sus presupuestos
institucionales en el año fiscal 2016, con miras a la realización de acciones de carácter
multianual, las cuales deberán planificarse y reflejarse en los próximos años fiscales, de
forma que se garantice así su implementación.
Mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Educación y los ministros de los
sectores correspondientes, se aprueba el plan de implementación.”
Gracias, Presidente.
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