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Modifíquese la primera disposición complementaria transitoria de la Ley 30364, Ley para
prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo
familiar, en los siguientes términos:
Primera. Proceso de Transición
Los procesos que se encuentren en trámite continuarán rigiéndose bajo las normas con
que se iniciaron, hasta su conclusión. Dichas normas serán aplicables para las denuncias
y los procesos vinculados a la presente Ley que se inicien de manera previa a la vigencia
del Reglamento del título II.”
Eso es todo lo que quería señalarles al ministro de Economía y al presidente de la
Comisión de Presupuesto.
El señor PRESIDENTE (Luis Iberico Núñez).— Tiene el uso de la palabra el congresista
Eduardo Nayap.
El señor NAYAP KININ (NGP).— Señor Presidente, me solicita una interrupción la
congresista Doris Oseda.
El señor PRESIDENTE (Luis Iberico Núñez).— Congresista Doris Oseda, puede interrumpir.
La señora OSEDA SOTO (NGP).— Señor Presidente, no se puede discriminar al grupo de
trabajadores administrativos del sector Salud. Si bien estamos en toda la implementación
del Servicio Civil, aquí se está dejando de lado a los trabajadores administrativos, por lo
que pido que se incluya, en el artículo 8, numeral h), el nombramiento de hasta el 20%
de profesionales, técnicos, auxiliares y asistentes de salud del Ministerio de Salud y sus
organismos públicos, las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales y las
comunidades locales de administración de salud (CLAS). Para el caso del personal
profesional, técnico, auxiliar y administrativo, que el nombramiento del 20% se autorice
en tanto no se concluya el proceso de trámites del régimen del servicio civil de la Ley N.°
30057.
Señor Presidente, es un acto justo, porque no se puede discriminar…
El señor PRESIDENTE (Luis Iberico Núñez).— Puede iniciar su intervención, congresista
Eduardo Nayap.
El señor NAYAP KININ (NGP).— Señor Presidente, solicito incrementar en un 100% el
presupuesto del Fondo Intangible Solidario de Salud, de S/. 120 000 000,00 a S/. 240
000 000,00, debido a que este fondo atiende a personas con enfermedades raras y muy
costosas; y existe una gran demanda de parte de las personas que sufren estos males.
Asimismo, señor Presidente, planteo una disposición complementaria final que autorice
trasladar el monto del 18% correspondiente al impuesto general a las ventas de los
medicamentos de las enfermedades raras al Fondo Intangible Solidario de Salud (Fisal).
Igualmente, pido que se incluyan los siguientes proyectos de inversión pública para la
Región Amazonas:
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