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continuidad y sostenibilidad para la masificación de DNI, 19 millones de nuevos soles;
               caducidad DNI, Ley 29222, 43 millones 100 mil nuevos soles.


               En resumen, el presupuesto aprobado al 2016 del Sistema Electoral por toda fuente y por
               tipo de presupuesto. Tenemos así, por lo expuesto el presupuesto del funcionamiento de
               las tres entidades del Sistema Electoral Peruano asciende a 177 millones 640 mil 445
               nuevos  soles,  presupuesto  por  resultados  171  millones  490  mil,  presupuesto  para  las
               elecciones generales 2016, 416 millones 390 mil 540 nuevos soles.

               El presupuesto del Sistema Electoral por toda fuente asciende a 765 millones 520 mil 992
               nuevos soles.

               Artículos adicionales. Lo que se solicita. Autorícese al Sistema Electoral a exonerarse de
               los alcances de los artículos 6 y 9 de la presente Ley de Presupuesto del Sector Público de
               lo establecido en el artículo 2 del Decreto de Urgencia 038-2006, y de las prohibiciones
               contenidas  en  la  Ley  28212  y  sus  modificatorias,  autorizándose  un  incremento  de
               remuneraciones sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.


               Propuesta de artículos para la Ley Presupuesto 2016 para el Sistema Electoral.

               Autorícese a los organismos del Sistema Electoral para exonerarse de lo dispuesto en el
               Decreto Legislativo 1017, Ley de Contrataciones del Estado y su reglamento o por la Ley
               30225, Ley de Contrataciones del Estado según corresponda, así como de la aplicación
               del Decreto Legislativo 1057 y modificatorias que regulan el régimen especial del Decreto
               Legislativo  1057,  a efecto  de  realizar  la  contratación  de  servicio  necesaria  a  través de
               locación de servicios en el marco de lo establecido por el Código Civil, para los procesos
               electorales  a  realizarse  en  el  año  Fiscal  2016,  pudiendo  sustituirlos  por  Contratos
               Administrativos de  Servicios, exceptuándose del procedimiento regulado en el artículo 3°,
               del Decreto Supremo 075/2008-PCM, y el artículo 2° del Decreto Supremo 012/2004.
               Asimismo, están facultados a brindar talleres de capacitación a los locadores.


               La brevedad de los procesos de los plazos del proceso electoral así lo exige, sino sería
               imposible.


               Últimos  artículos,  prohíbase  el  ingreso  de  personal  en  el  sector  público  por  servicios
               personales y nombramientos.

               El  nombramiento  del  personal  de  ONPE  en  las  plazas  vacantes  que  se  encuentran
               aprobadas en el cuadro por asignación de personal, y que cuenten con el presupuesto
               previsto en el año 2016.


               Autorizase  al  Ministerio  de  Economía  y  Finanzas  trasferir  la  suma  de  cuarenta  y  tres
               millones ciento treinta y tres mil doscientos nueve nuevos soles a favor del pliego Registro
               Nacional de Identificación y Estado Civil, Reniec, por la fuente de financiamiento recursos
               ordinarios para financiar la menor recaudación por la aplicación de la Ley 29222.

               La  Dirección  General  de  Endeudamiento  y  Tesoro  Público  queda  autorizado  para
               depositar hasta el monto antes mencionado, con cargo a los saldos de los recursos del
               Tesoro Público al 31 de diciembre de 2016.


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