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El  Ministerio  de  Educación,  mediante  resolución  de  su  titular,  emitirá  las  normas
               complementarias necesarias para la implementación de lo dispuesto en el presente literal.


               j) El pago de seis horas adicionales a favor de los profesores contratados que laboran en
               Centros Rurales de Formación de Alternancia (CRFA).”

               Entonces, estas incorporaciones importantes, que están en el marco de la Ley de Reforma
               Magisterial, pido que se consideren.

               De la misma forma, pido que se modifique el inciso a) de la vigésima sétima disposición
               complementaria final, de modo que diga lo siguiente:

               “Organismo  Supervisor  de  la  Inversión  e  Infraestructura  de  Transporte  de  uso  Público
               (Ositran),  para  la  contratación  de  los  servicios  de  supervisión  y  aquellos  servicios  que
               resulten necesarios…”

               El resto continúa igual.

               Asimismo,  pido  que  se  haga  un  añadido  en  el  inciso  b)  de  la  misma  disposición
               complementaria final, que debe estar redactado de la siguiente manera:

               “Ministerio  de  Vivienda,  Construcción  y  Saneamiento,  para  la  implementación  de
               proyectos  de  inversión  para  servicios  de  modalidad  urbana  y  rural  y  de  proyectos  de
               inversión vinculados y complementarios a la atención de la población en la Zona Baja de
               Belén y la Gran Plaza de la Nación, adyacente al Centro Cultural de la Nación, con el fin
               de conmemorar el fallo de la Corte Internacional de Justicia de La Haya, en el diferendo
               marítimo Perú-Chile, de fecha 27 de enero de 2014; así como —este es el añadido—
               para  los  proyectos  de  los  gobiernos  subnacionales  que,  previo  convenio,  financie  y
               ejecute el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y que se enmarquen en el
               ámbito de sus competencias…”.

               El resto continua igual.

               Y pido que en esta misma disposición complementaria final se incorpore un inciso c), que
               diga lo siguiente:

               “Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass), para la contratación
               de los servicios de supervisión, y aquellos servicios que resulten necesarios para realizar la
               supervisión de los contratos de concesión sobre servicios de saneamiento, en el marco del
               ejercicio de su función supervisora.”

               Esta incorporación es necesaria porque cuando se desarrollan megaproyectos no existe a
               veces  la  especialización  de  recursos  humanos  en  el  país  y  se  tiene  que  contratar  a
               expertos y especialistas internacionales para supervisar estos trabajos.

               Para concluir, pido que se modifique la trigésima cuarta disposición complementaria final
               —que la secretaría técnica de la Comisión de Presupuesto lo anote—, de manera que
               diga lo siguiente:




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