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El señor COA AGUILAR (NGP).— Como presidente de la Comisión de Energía y Minas,
tengo la urgencia de solicitar las siguientes modificaciones sobre temas fundamentales
para el sector.
Que se incorpore en la sexta disposición complementaria final del proyecto de Ley de
Equilibrio Financiero el siguiente texto:
“Sexta. Autorízase excepcionalmente al Ministerio de Energía y Minas a realizar las
siguientes acciones:
1. Efectuar transferencias financieras con cargo a los saldos de balance de la Unidad
Ejecutora 005 Dirección General de Electrificación Rural (DGER), que dicho pliego
previamente incorpora en su presupuesto institucional, que son destinados exclusivamente
a las entidades y para los fines siguientes:
[…]
1.3 A favor de la Empresa Activos Mineros SAC, hasta por el monto de 20 millones de
nuevos soles, para ser destinados a financiar estudios de preinversión y la ejecución de
proyectos de inversión relacionados con la remediación de pasivos ambientales.
1.4 A favor del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis), hasta por el monto de
36 millones de nuevos soles, para ser destinados a financiar la instalación de cocinas
mejoradas a leña.
2. Efectuar transferencias financieras, con cargo a su presupuesto institucional del año
fiscal 2014 correspondiente a la Unidad Ejecutora 005 Dirección General de
Electrificación Rural (DGER), para ser destinadas exclusivamente a financiar inversiones en
proyectos de electrificación, a favor de las empresas concesionarias de distribución
eléctrica estatales y conforme a los montos que a continuación se detallan:
a) Electro Oriente S.A., hasta por un monto de 11 millones 678 mil 294 nuevos soles.
b) Empresa Electro Sur Este S.A.A., hasta por un monto de 34 millones 150 mil 218
nuevos soles.
c) Empresa Electro Sur S.A., hasta por un monto de 19 millones 968 mil 183 nuevos
soles.
d) Empresa Electro Puno S.A.A., hasta por un monto de 8 millones 730 mil 811 nuevos
soles.
El presente numeral entra en vigencia al día siguiente de la publicación de la presente
Ley.”
Me piden una interrupción el congresista Acuña y el congresista Rivas. Con su anuencia,
Presidente, se las concedo.
El señor PRESIDENTE (Norman David Lewis Del Alcázar).— Puede interrumpir el
congresista Richard Acuña.
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