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Primera LegisLatura Ordinaria de 2013 - tOmO iii - Diario de los Debates 2255
natural, equivalente a US$ 1.00 por barril a los de ellas, la cual estará conformada por uno (1) o
mencionados productos. El recargo se aplicará tres (3) expertos que serán designados por las
en cada venta primaria que efectúen los produc- partes de manera directa o por delegación a un
tores e importadores, definidos como tales en el Centro o Institución que administre mecanismos
Glosario, Siglas y Abreviaturas del Subsector alternativos de resolución de conflictos. La Junta
Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo de Resolución de Disputas emitirá una decisión
032-2002-EM y será trasladado en los precios de vinculante para las partes, la cual no limita su
los hidrocarburos líquidos. facultad de recurrir al arbitraje.
4.3 Recargo equivalente a US$ 0,055 por MPC Los procedimientos, instituciones elegibles, plazos
(Miles de Pies Cúbicos) en la facturación mensual y condiciones para la elección, designación y/o
de los cargos a los usuarios de transporte de gas constitución del Amigable Componedor y de las
natural por ductos, que incluye a los ductos de Juntas de Resolución de Disputas serán estable-
Servicio de Transporte, Ductos de Uso Propio y cidos en el reglamento de la presente Ley. Tanto
Ductos Principales, definidos como tales en el el Amigable Componedor, como los miembros de
Reglamento de Transporte de Hidrocarburos la Junta de Resolución de Disputas podrán ser
por Ductos, aprobado por Decreto Supremo 081- terceros neutrales de nacionalidad distinta a la
2007-EM. El recargo pagado por los generadores de las partes.
eléctricos es compensado mediante un cargo a
ser incluido en el peaje del sistema principal de Lo dispuesto en los párrafos precedentes, no es
transmisión eléctrica, y es administrado y regu- de aplicación cuando se remite la controversia
lado por el Osinergmin según lo que dispone el a un Mecanismo Internacional de Solución de
reglamento.’ Controversias a que se refiere la Ley 28933.
UNDÉCIMA. Modifícase el numeral 9.6 del No se encuentran dentro del ámbito de aplicación
artículo 9 del Decreto Legislativo 1012 que aprobó del Decreto Legislativo 1017, que aprueba la Ley
la ‘Ley marco de asociaciones público-privadas de Contrataciones del Estado, los servicios a ser
para la generación de empleo productivo y dicta brindados por el Amigable Componedor, los miem-
normas para la agilización de los procesos de bros de la Junta de Resolución de Disputas, los
promoción de la inversión privada’, el mismo que Centros ni las Instituciones que administren los
queda redactado de la siguiente manera: citados mecanismos alternativos de resolución
de conflictos, siempre que dichos servicios sean
‘9.6 Los contratos de Asociación Público-Privada requeridos dentro de la ejecución de los contratos
deberán incluir la vía arbitral como mecanismo de Asociación Público-Privada.’
de solución de controversias y deberán contener
disposiciones que regulen el procedimiento y El Ministerio de Economía y Finanzas, en un
causales de renegociación y resolución de los plazo no mayor de sesenta (60) días calendario,
contratos, incluyendo las reglas sobre cesión de adecuará el reglamento del Decreto Legislativo
posición contractual. 1012, en el marco de lo dispuesto en la presente
disposición.
Cuando en los contratos se establezca una etapa
de Trato Directo previa al inicio de un arbitraje DUODÉCIMA. Incorpórase en el Decreto Legis-
nacional, las partes podrán acordar la interven- lativo 1012, la siguiente disposición complemen-
ción de un tercero neutral, denominado Amigable taria final:
Componedor, quien será designado por las partes
de manera directa o por delegación a un Centro ‘SEXTA.- La facultad legalmente establecida para
o Institución que administre mecanismos alter- actuar discrecionalmente, de las entidades que
nativos de resolución de conflictos. El Amigable tienen a su cargo la aprobación, conducción, eje-
Componedor propondrá una fórmula de solución cución, supervisión y fiscalización de los procesos
de controversias, que de ser aceptada de manera de promoción de la inversión privada, se ejerce para
parcial o total por las partes, producirá los efectos optar por la decisión administrativa debidamente
legales de una transacción. sustentada que se considere más conveniente,
dentro del marco que establece la ley, teniendo en
De igual modo en los nuevos contratos a sus- consideración los criterios establecidos por la cuarta
cribirse, podrá considerarse en la etapa previa disposición final complementaria de la Ley 29622,
al inicio del arbitraje nacional, que las partes Ley que modifica la Ley 27785, Ley Orgánica del
puedan someter sus controversias a una Junta de Sistema Nacional de Control y de la Contraloría
Resolución de Disputas, a solicitud de cualquiera General de la República y amplía las facultades en
18. B sesión (matinaL) 28-11-2013 - Diario de los Debates
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