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                   Diario de los Debates - PRIMERA LEGISLATURA ORDINARIA DE 2007 - TOMO III
                  derado incluir esta propuesta en el Anexo C) del  pública, según sea el caso, efectúe la convocato-
                  pliego Ministerio del Interior.             ria para el proceso de selección para la ejecución
                                                              del respectivo Proyecto de Inversión Pública, con-
                  Seguidamente, el presidente del Poder Judicial  forme a las normas de contratación y adquisicio-
                  nos alcanzó algunas propuestas y se ha decidido  nes del Estado”. Aceptamos esta propuesta.
                  incorporar una de ellas, con el siguiente texto:
                                                              Otra propuesta de disposición final tiene el si-
                  “Autorízace a los gobiernos regionales y gobier-  guiente texto: “Todas las entidades públicas y
                  nos locales a transferir partidas presupuestales,  empresas estatales de derecho público, bajo res-
                  así como bienes muebles e  inmuebles, a título  ponsabilidad del titular, deberán remitir a la
                  gratuito u oneroso, a favor de los Distritos Judi-  Superintendencia de Bienes Nacionales - SBN,
                  ciales en sus respectivas jurisdicciones, y a cele-  entidad rectora del Sistema Nacional de Propie-
                  brar Convenios de Cooperación Interinstitucio-  dad Estatal, la documentación sustentatoria vin-
                  nal”.                                       culada a los bienes estatales sobre los que ejer-
                                                              cen algún derecho real, o se encuentren bajo su
                  La congresista Cecilia Chacón propuso un artí-  administración, conforme a los plazos y condicio-
                  culo referido a la remuneración de saldo y am-  nes que establezca dicha Superintendencia”. Acep-
                  pliación consolidada de depósitos. Se trata de un  tamos esta propuesta.
                  artículo importante porque tiene que ver con la
                  remuneración que da el Banco de la Nación a los  Igualmente, tenemos otra propuesta de disposi-
                  depósitos producto del canon. En su momento  ción final: “Autorizase al Ministerio de Vivienda,
                  aprobamos ello y lo consignamos como artículo  Construcción y Saneamiento a intervenir, a tra-
                  13.° de la Ley que autoriza Crédito Suplementa-  vés del Programa Integral de Mejoramiento de
                  rio, por el cual ordenábamos a los gobiernos lo-  Barrios y Pueblos, en predios de propiedad pri-
                  cales y regionales que depositaran sus recursos  vada para la ejecución de obras de refracción en
                  en el Banco de la Nación y no en la banca priva-  áreas comunes y privadas deterioradas, ubicadas
                  da; pero el Banco de la Nación paga una remune-  en zonas con poblaciones en extrema pobreza”.
                  ración muy por debajo. Por eso, lo que se está  Esta propuesta es para que se puedan hacer pro-
                  haciendo con la propuesta es incrementar esa re-  yectos de vivienda y de refacciones en los callejo-
                  muneración, lo que aceptamos como disposición  nes y zonas tugurizadas.
                  final. El texto es el siguiente:
                                                              Luego, el ministro de Agricultura solicitó incor-
                  “En el marco de la gestión consolidada de teso-  porar tres propuestas, dos de la cuales ya han
                  rería, el Banco de la Nación deposita en el Banco  sido consideradas y una es la que se está acep-
                  Central de Reserva del Perú los recursos a los  tando, cuya redacción es la siguiente: “Exceptúase
                  que hace referencia el numeral 13.1 del artículo  el Pliego 160, Servicio Nacional de Sanidad Agra-
                  13.° la Ley N.° 29035 [...], que deberán ser remu-  ria (Senasa), organismo público descentralizado
                  nerados por dicha entidad bancaria en base a los  adscrito al Ministerio de Agricultura, de los al-
                  intereses que perciba, asegurándose que los re-  cances del artículo 7.° de la presente ley, sin que
                  cursos estén disponibles en el momento en que  ello demande recursos adicionales del Tesoro
                  sus titulares los requieran para la ejecución pre-  Público, para la cobertura de 45 plazas vacantes
                  supuestaria del gasto, conforme a la normatividad  y existentes y presupuestadas en el Cuadro de
                  de la Administración Financiera del Sector Pú-  Asignación de Personal”.
                  blico. El Banco de la Nación sólo podrá deducir
                  de dicha remuneración treinta (30) puntos bási-  Esta propuesta la vamos a incluir en el Anexo c),
                  cos del rendimiento percibido por los referidos  porque se va a requerir más personal del Senasa,
                  depósitos en el indicado Banco Central de Re-  a raíz de la suscripción del TLC, para la verifica-
                  serva del Perú, así como los impuestos aplica-  ción de la salud y los alimentos.
                  bles a dichos intereses”.
                                                              Seguidamente, varios congresistas, especialmente
                  La congresista Nidia Vílchez ha presentado va-  los representantes por Ica, han presentado el si-
                  rias propuestas, una de las cuales es la siguiente  guiente artículo: “Inclúyase al Pliego 515: U.N.
                  disposición final: “Establécese que el Convenio  San Luis Gonzaga de Ica dentro de los alcances
                  suscrito al que se refiere el segundo párrafo del  de la Ley N.° 29076, Ley de Solidaridad con las
                  numeral 9.4 del artículo 9.° constituye el docu-  localidades afectadas con el sismo del 15 de agos-
                  mento que sustenta la disponibilidad de recur-  to de 2007, y de los artículos 7.° y 8.° de la Ley N.°
                  sos y su fuente de financiamiento para que el  29078 - Ley que crea el Fondo para la Recons-
                  gobierno regional, gobierno local y la empresa  trucción Integral de las Zonas Afectadas por los


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