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Diario de los Debates - PRIMERA LEGISLATURA ORDINARIA DE 2006 - TOMO II
Artículo 2.°.— Recursos que financian los gastos del Presupuesto del Sector Público
Los recursos que financian el Presupuesto del Sector Público aprobado en el artículo precedente se
estiman por fuentes de financiamiento, por el monto total de SESENTA Y UN MIL SEISCIENTOS VEINTI-
SÉIS MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 61 626 985 652,00), conforme al detalle siguiente:
Fuentes de Financiamiento Nuevos Soles
Recursos Ordinarios 40 639 912 444,00
Recursos Directamente Recaudados 6 279 512 102,00
Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito 5 272 990 479,00
Donaciones y Transferencias 320 776 341,00
Recursos Determinados 9 113 794 286,00
————————
TOTAL S/. 61 626 985 652,00
===============
Capítulo II c) La Superintendencia Nacional de Banca, Se-
guros y Administradoras Privadas de Fondos de
Normas sobre Ejecución de los Gastos Pensiones y el Seguro Social de Salud – ESSALUD,
Públicos mediante resolución de la máxima autoridad.
Artículo 3.°.— Alcance d) Las empresas de los gobiernos regionales y los
gobiernos locales, mediante Acuerdo de Directo-
3.1 Las disposiciones contenidas en el presente rio y ratificado por Acuerdo del Consejo Regional
Capítulo son de obligatorio cumplimiento por o Acuerdo de Concejo Municipal, respectivamen-
los organismos y entidades integrantes de los te. En el caso de que no exista directorios en di-
Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, Minis- chas empresas, se requiere la aprobación del con-
terio Público, Jurado Nacional de Elecciones, Ofi- sejo regional y concejo municipal respectivo.
cina Nacional de Procesos Electorales, Registro
Nacional de Identificación y Estado Civil, Con- Dichas medidas deben publicarse en el Diario
sejo Nacional de la Magistratura, Defensoría del Oficial ‘El Peruano’ antes del 1 de enero de 2007
Pueblo, Contraloría General de la República, Tri- y regir a partir de esa fecha. En el caso de las
bunal Constitucional, las universidades públi- empresas municipales de los gobiernos locales
cas y demás entidades que cuenten con un Cré- deben ser publicadas en su página web o, en su
dito Presupuestario aprobado en la presente Ley. defecto, remitidas al Ministerio de Economía y
Igualmente, es aplicable, sin excepción, a los go- Finanzas para su publicación en su portal de trans-
biernos regionales y los gobiernos locales, y a parencia.
sus organismos públicos descentralizados.
Artículo 4.°.— Austeridad
3.2 Las medidas de austeridad, racionalidad y dis-
ciplina presupuestaria a aplicarse durante el Año Establécense las siguientes medidas de austeri-
Fiscal 2007 para las empresas públicas y entida- dad:
des mencionadas a continuación, se aprueban y
dictan conforme a lo siguiente: 1. En ingresos personales
a) Las empresas bajo el ámbito del Fondo Nacio- En las entidades públicas, incluyendo el Seguro
nal de Financiamiento de la Actividad Empresa- Social deSalud – ESSALUD y la empresa Petró-
rial del Estado – FONAFE, mediante decreto leos del Perú S.A. – PETROPERU, quedan pro-
supremo refrendado por el Ministro de Econo- hibidos el reajuste o incremento de remunera-
mía y Finanzas. ciones, bonificaciones, dietas, asignaciones, retri-
buciones, el monto total de incentivos y benefi-
b) El Banco Central de Reserva del Perú y Petró- cios de toda índole, cualquiera sea su forma,
leos del Perú S.A. – PETROPERU, mediante modalidad, mecanismo y fuente de financia-
Acuerdo de Directorio. miento. Asimismo, queda prohibida la aprobación
a
Diario de los Debates - 19. C SESIÓN (MATINAL) 28-11-2006