Page 26 - Organización y Procedimientos Parlamentarios
P. 26

tiene autoridad para cubrir un cargo o empleo. // Deliberar; libertad para actuar. // En Derecho
                      Político, ejercicio del derecho de sufragio. La elección o nombramiento por el sufragio popular,
                      no  sólo  significa  un  triunfo  o  un  halago,  sino  que  origina  obligaciones,  sancionadas  incluso
                      penalmente.

                  121. ELECTO:
                  a)  El elegido o nombrado para una dignidad, empleo, etc., mientras no toma posesión.
                  b)  El escogido o nombrado para un cargo, empleo o puesto, desde que resulta elegido hasta que
                      toma posesión del mismo.
                  c)  Al parlamentario electo, el Jurado Nacional de Elecciones le entrega una credencial, con la que
                      se presenta al Oficial Mayor para su acreditación y posterior incorporación.

                  122. ELECTOR:
                  a)  Que elige o tiene potestad o derecho de elegir.
                  b)  La persona que reúne las condiciones exigidas por la Constitución o las leyes para ejercitar el
                      derecho de sufragio y que, por tanto, tiene la facultad para influir con su voto en la elección o
                      nombramiento de concejales, diputados, senadores e incluso jefe del Estado.
                  c)  Se complementa con el vocablo ciudadano, pues son electores los hombres y mujeres a partir
                      de los 18 años de edad debidamente inscrita, además de los emancipados.

                  123. ELECTORAL:
                  a)  Perteneciente o relativo a  la  dignidad o a la calidad  de  elector. // Perteneciente o relativo a
                      electores o elecciones.
                  b)  Concerniente al elector. // Relativo a las elecciones, determinante de ellas o producto suyo.
                  c)  El  Sistema  Electoral  básicamente  planea,  organiza  y  ejecuta  los  procesos  electorales  o  de
                      referéndum. Además mantiene y custodia un registro único de identificación de las personas y
                      el  registro  de  estado  civil.  Está  conformado  por  el  Jurado  Nacional  de  Elecciones  (JNE),  la
                      Oficina  Nacional  de  Procesos  Electorales  (ONPE)  y  el  Registro  Nacional  de  Identificación  y
                      Estado Civil (RENIEC), que deben actuar con autonomía pero coordinadamente (artículos 176
                      y 177 de la Constitución).

                  124. ELEGIR:
                  a)  (Del  latín  ELIGERE)  Escoger,  preferir  a  una  persona  o  cosa  para  un  fin.  //  Nombrar  por
                      elección para un cargo o dignidad.
                  b)  Preferir o escoger una persona o cosa. // Designar o nombrar por elección para el desempeño
                      de un cargo u ocupar una dignidad. // Votar, ejercer el derecho de sufragio. ELEGIBLE: quien
                      puede ser elegido, por votación o por designación.
                  c)  Se  elige  la  Mesa  Directiva  del  Congreso  por  cédula,  la  directiva  de  una  comisión  por  voto
                      secreto, a mano alzada o por aclamación, según se acuerde previamente.

                  125. ESCAÑO:
                  a)  (Del latín SCAMNUM) Puesto, asiento de los parlamentarios en las Cámaras.
                  b)  Banco  con  respaldo  frecuentemente  de  forma  de  arco  de  círculo,  que  en  las  asambleas
                      legislativas  es  ocupado  por  los  diputados,  senadores  u  otros  representantes  auténticos  o
                      teóricos de la opinión pública.
                  c)  Los escaños se han distribuido de acuerdo a la posición política de cada grupo, respecto al
                      sitio que ocupa la Mesa Directiva: a la izquierda el grupo mayoritario, al centro y la derecha la
                      oposición.

                  126. ESCRUTADOR:
                  a)  (Del latín SCRUTADOR,-ORIS) Dícese del que en elecciones y otros actos análogos cuenta y
                      computa los votos.
                  b)  Escudriñador, quien con cuidado sumo averigua o analiza alguna cosa. // En actos electorales,
                      el  que interviene  en  la extracción de  los  votos depositados  en  la urna o recipiente análogo,
                      para su lectura o cómputo. Es función peculiar del presidente de mesa; pero puede delegarla,
                      para descanso u otra conveniencia, en los adjuntos, suplentes o fiscales que con él actúen.
   21   22   23   24   25   26   27   28   29   30   31