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En este sentido, el Estado tiene que recurrir continuamente al endeudamiento interno y
               externo a fin de solucionar la escasez de los recursos económicos, con la finalidad y con
               el objetivo de equilibrar el presupuesto de la República, de acuerdo a lo establecido en la
               normatividad vigente.

               La Constitución Política del Estado en sus artículos 75° y 78° señalan claramente que las
               operaciones  de  endeudamiento  deben  ser  aprobadas  por  ley,  y  el  Proyecto  de  Ley  de
               Endeudamiento  Público  es  presentado  conjuntamente  con  el  Proyecto  de  Equilibrio
               Financiero y conjuntamente con el Proyecto de Presupuesto, a más tardar el 30 de agosto
               de cada año al Congreso de la República.


               Para el Año Fiscal 2019 se autoriza al gobierno nacional para que realice operaciones de
               endeudamiento externo hasta por un máximo de 1378 millones de dólares y operaciones
               de endeudamiento interno hasta el monto máximo que asciende a 21 245 millones de
               soles.

               Para  las  concertaciones  de  endeudamiento  de  los  gobiernos  regionales  o  gobiernos
               locales  durante  el  año  2019,  requieren  la  certificación  crediticia  favorable  cuando  el
               monto de las concertaciones individuales o acumuladas superen los 15 millones de soles.

               Se fija en 898 millones de dólares el monto máximo de otorgamiento o contrataciones de
               garantías para respaldar las obligaciones derivadas de los procesos de promoción de la
               inversión privada y concesiones.

               Se  aprueban  operaciones  de  administración  de  deuda  hasta  por  el  equivalente  en
               moneda nacional u otra denominación a 6000 millones de dólares, bajo la modalidad
               de prepago, intercambio o canje de deuda, recompras, entre otros, y se regulan otras
               materias relativas al endeudamiento público.

               El  dictamen  del  Proyecto  de  Ley  n°  3284/2018,  que  propone  la  Ley  de  Equilibrio
               Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal del año 2019, las reglas
               para  mantener  la  estabilidad  en  la  ejecución  del  presupuesto  del  sector  público  se
               establece en la Ley de Equilibrio Financiero, estas reglas tienen por finalidad salvaguardar
               el cumplimiento de los principios de política fiscal, principalmente en la disponibilidad de
               los  gastos  fiscales  en  función  de  la  capacidad  de  financiamiento  de  los  pliegos
               presupuestarios,  por  lo  que  los  créditos  presupuestarios  autorizados  en  la  Ley  de
               Presupuesto del sector público constituyen los montos máximos de gasto y estos deben
               estar debidamente sustentados en la captación efectiva de los ingresos que las financian,
               evitándose así los déficit fiscales.

               La  Constitución  Política  del  Perú,  en  el  tercer  párrafo  del  artículo  78°,  señala  que  el
               proyecto presupuestal debe estar efectivamente equilibrado, en tal sentido el Proyecto de
               Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, equilibra
               la previsión de ingresos y la previsión de egresos observados en las disposiciones previstas
               en  el  Decreto  Legislativo  1276,  que  aprueba  el  marco  de  la  responsabilidad  y
               transparencia fiscal del sector público no financieros y sus modificatorias.






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