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El señor PRESIDENTE (Daniel Salaverry Villa).— Señores congresistas, estimados invitados,
               por favor, se les solicita tomar su ubicación y guardar silencio para poder entender la
               lectura.


               El RELATOR da lectura:

               e) Cuando concurran los miembros del Consejo de Ministros u otros altos funcionarios del
               Estado, se aplicarán las siguientes reglas:

               Si se trata del debate y la sustentación del Presupuesto, el Presidente dará el uso de la
               palabra,  en  primer  término,  al  ministro  de  Economía  y  Finanzas,  para  que  sustente  el
               pliego de ingresos sin límite de tiempo, y a cada uno de los ministros para que sustente el
               pliego de egresos de su sector por un tiempo no mayor a 30 minutos o de acuerdo al rol
               prefijado  por  el  Consejo  Directivo,  en  coordinación  con  el  Presidente  del  Consejo  de
               Ministros.

               Del mismo modo, se procederá cuando toque el turno al Presidente de la Corte Suprema,
               al Fiscal de la Nación, al Presidente del Jurado Nacional de Elecciones y al Defensor del
               Pueblo.

               Debate y aprobación

               Artículo 78°—


               [...]

               Sin el requisito de la doble votación, la Mesa Directiva no puede proseguir el trámite de la
               Ley, ni enviarla al Presidente de la República para su promulgación.

               Asimismo,  están  exoneradas  de  este  requisito  la  aprobación  de  la  Ley  de  Presupuesto
               General de la República y sus leyes conexas, la aprobación de créditos suplementarios,
               habilitaciones  y  preferencias  de  partidas  y  la  aprobación  de  la  Cuenta  General  de  la
               República.

               Reglas especiales para la aprobación de proposiciones de ley

               Artículo 81°, Para el debate y aprobación de proposiciones de ley que no se refieran a
               materia común, se observarán las siguientes reglas:

               Inciso c) Ley de Presupuesto. El Presidente de la Comisión de Presupuesto, sustentará el
               dictamen  de  la  misma,  dicho  dictamen  debe  necesariamente  precisar  con  claridad  las
               prioridades asignadas al gasto público en términos generales y en cada sector.

               El debate de la Ley de Presupuesto se inicia el 15 de noviembre, y debe ser aprobada con
               el  voto  favorable  de  por  lo  menos  la  mitad  más  uno  del  número  de  los  congresistas
               presentes, y enviada al Poder Ejecutivo, de  lo contrario entrará en vigencia el proyecto
               enviado  por  el  Presidente  de  la  República,  quien  lo  promulgará  mediante  decreto
               legislativo.





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