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1960 Diario de los Debates - Primera LegisLatura Ordinaria de 2008 - tOmO iii
de ser el caso, las contrapartidas asociadas a las tículo 17.° del Texto Único Ordenado de la Ley del
operaciones de endeudamiento contratadas y no Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selec-
ejecutadas, se aplica el procedimiento establecido tivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supre-
en el numeral 4.1 del presente artículo. mo N.° 055-99-EF y modificatorias, será de dieci-
siete por ciento (17%).
4.4 El mecanismo establecido en el numeral 4.1
del presente artículo es también aplicable al fi- Artículo 7.°.— De los gastos tributarios
nanciamiento de Operaciones de Administra-
ción de Deuda. Los gastos tributarios ascienden a la suma de
CUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA MI-
Artículo 5.°.— De la administración de re- LLONES CIENTO SESENTA Y NUEVE MIL Y
cursos a cargo de la Dirección Nacional del 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 860 169 000,00),
Tesoro Público monto a que se refiere el Marco Macroeconómi-
co Multianual 2009-2011.
5.1 Durante el Año Fiscal 2009, las emisiones
mensuales de Letras del Tesoro Público (LTP) a Disposiciones Complementarias
que se contrae lo establecido en el Título III, Ca-
pítulo I de la Ley N.° 28693, Ley General del Sis- Disposiciones Finales
tema Nacional de Tesorería, no pueden ser mayo-
res a la suma de CUATROCIENTOS MILLONES Primera.— Para el Año Fiscal 2009, los recur-
Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 400 000 000,00). sos propios del Tribunal Fiscal a que se refiere el
El saldo adeudado por la emisión de LTP, al cie- artículo 1.° del Decreto de Urgencia N.° 112-2000
rre del Año Fiscal 2008, no es mayor de DOS- son los siguientes:
CIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SO-
LES (S/. 200 000 000,00). a) El dos coma tres por ciento (2,3%) del monto
total que percibe la Superintendencia Nacional de
5.2 Facúltase al Poder Ejecutivo para que, an- Administración Tributaria (Sunat), proveniente
te desfases respecto de la oportunidad prevista del porcentaje de todos los tributos que recaude
para efectos de la percepción u obtención de los y/o administre, excepto los aranceles, en aplica-
ción del literal b) de la presente Disposición.
fondos programados en el Presupuesto de Caja
del Gobierno Nacional, provenientes de Opera- b) El uno coma dos por ciento (1,2%) del monto
ciones de Endeudamiento mediante decreto su-
premo refrendado por el Ministro de Economía total que percibe la Superintendencia Nacional
de Administración Tributaria (Sunat), provenien-
y Finanzas, autorice, de manera transitoria y te del porcentaje de todos los tributos y aranceles
excepcional, la utilización de recursos adminis- correspondientes a las importaciones que recau-
trados por la Dirección Nacional del Tesoro Pú- de y/o administre, cuya recaudación sea ingreso
blico en la atención de obligaciones contraídas y del Tesoro Público, en aplicación del literal a).
previstas en el Presupuesto del Sector Público, El depósito deberá hacerse efectivo en la misma
con cargo a ser restituidos, automática e inme- oportunidad que la Superintendencia Nacional
diatamente, después de haberse percibido u ob- de Administración Tributaria (Sunat) capta sus
tenido, sin aplicación de intereses, en las fuen- recursos propios, mediante la transferencia a la
tes correspondientes. cuenta correspondiente.
5.3 Los recursos de la Fuente de Financiamien- El Pliego Ministerio de Economía y Finanzas
to Recursos Ordinarios que la Dirección Nacio- deposita, dentro de los quince (15) días siguien-
nal del Tesoro Público deposita directamente a tes de vencido el año fiscal, la diferencia entre
favor de entidades públicas en una cuenta de un los ingresos anuales y los gastos devengados de
fideicomiso de administración de recursos, excep- los recursos propios del Tribunal Fiscal, en la
cionalmente se incorporan presupuestalmente de Cuenta Principal del Tesoro Público, bajo res-
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 42.° nume- ponsabilidad.
ral 42.1 literal d) de la Ley N.° 28411, Ley Gene-
ral del Sistema Nacional de Presupuesto. Segunda.— Para el Año Fiscal 2009, constitu-
yen recursos propios de la Superintendencia Na-
Artículo 6.°.— Tasa del Impuesto General cional de Administración Tributaria (Sunat) los
a las Ventas siguientes:
Hasta el 31 de diciembre de 2009, la tasa del Im- a) El uno coma cinco por ciento (1,5%) de to-
puesto General a las Ventas a que se refiere el ar- dos los tributos y aranceles correspondientes a
a
Diario de los Debates - 21. C sesión (matinaL) 28-11-2008