Biblioteca del Congreso de la República "César Vallejo"

Legislación sobre Demarcación Territorial - Huarochirí

 


Canta / Cañete / Chancay / Huarochirí / Lima / Oyón / Yauyos / Departamento de Lima

 

NORMA DISPOSICIÓN PROMULGACIÓN PUBLICACIÓN OBSERVACIONES
s/n El Congreso ha resuelto en 24 del corriente "que los distritos de Pomacocha y parte del de Paripacaraos segregados de la provincia de Canta, y el distrito de Yauli segregado de la de Huarochirí sean reincorporados á [sic] sus antiguas provincias". 07/03/1843 08/03/1843  
Ley s/n Art. 1.° Entre tanto se hace la demarcación general del territorio de la República, la cordillera de los Andes, que está situada entre las provincias de Jauja, Pasco, Huarochirí y Canta, será el límite de la jurisdicción política, judicial y económica entre los departamentos de Lima y Junín.

Art. 2.° Todos los pueblos situados desde el vértice de la cordillera hacia la parte oriental (á excepcion de la provincia de Yauyos, cuyos limites serán los mismos que existen al presente) pertenecerán al departamento de Junín, y los que se hallan á la parte occidental, quedan comprendidos en el departamento de Lima.

17/09/1856 18/09/1856
Decreto s/n Art. 3.° Los pueblos de Ayaviri, Huanpará, Quinches y Huañec, de la provincia de Yauyos, pertenecerán en adelante á [sic] la provincia de Huarochirí; siendo por esa parte los límites entre ambas provincias, la cadena de cerros que dividen las aguas que bajan por la quebrada de Mala, de las que se dirigen á [sic] la quebrada de Omas y á [sic] las quebradas cabeceras del río Cañete. 28/03/1866 04/04/1866  
s/n  Vista la consulta precedente, facúltase al Prefecto del Departamento para que de los pueblos de Ayaviri, Huamparia, Quinches y Huanca, agregados últimamente á [sic] la provincia de Huarochirí, forme un distrito separado con el nombre de Ayaviri, que deberá ser regido por el respectivo gobernador. 18/04/1866 21/04/1866  
Ley s/n  Artículo único.- Elévase a la categoría de pueblo el caserío de Chicla, ubicado en el distrito de San Mateo de la provincia de Huarochirí. 04/11/1887 12/11/1887  
Ley s/n Artículo único.- Extiéndese el Distrito de Lurigancho, de la Provincia de Lima, por la márgen derecha del río Rímac, hasta los límites de la hacienda de Mollepampa, con la Provincia de Huarochirí, trasladándose la capital del distrito a la población que se levanta en Mollepampa, con el nombre de Nueva Chosica. 09/11/1896 10/12/1896

CONGRESO DE LA REPUBLICA

ÚLTIMAS LEYES

 

Ley 32523

"Ley que modifica el Código Penal, Decreto Legislativo 635, para tipificar el delito de exposición al peligro por arrojo..."


Ley 32522

"Ley que autoriza la actualización de la escala remunerativa para los funcionarios y servidores públicos del Organismo..."


Ley 32521

"Ley que autoriza una nueva escala remunerativa para los trabajadores de la Superintendencia Nacional de los..."


 Ver Archivo Digital de la Legislación del Perú


Developed by VIS