Page 6 - Reglamento del Congreso
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En los documentos oficiales, el Congreso será
denominado Congreso de la República.
(Artículo modificado aprobado por el Pleno del Congreso de
fecha 6 de marzo de 1998)
(Artículo modificado. Resolución Legislativa del Congreso
1-2011-CR, publicada el 7 de agosto de 2011)
Soberanía y autonomía
Artículo 3. El Congreso es soberano en sus funciones.
Tiene autonomía normativa, económica, administrativa
y política.
En las situaciones en que se haga imposible el normal
funcionamiento del Congreso de la República, la Mesa
Directiva propondrá que las funciones parlamentarias
puedan realizarse a través de medios virtuales, digitales
o de cualquier otro medio tecnológico que permita su
ejercicio acorde a los requisitos y garantías del presente
Reglamento del Congreso.
(Artículo modificado aprobado por el Pleno del Congreso de
fecha 6 de marzo de 1998)
(Artículo modificado. Resolución Legislativa del Congreso 002-
2020-2021-CR, publicada el 28 de marzo de 2020)
Función Legislativa
Artículo 4. La función legislativa comprende el debate
y la aprobación de reformas de la Constitución,
de leyes y resoluciones legislativas, así como su
interpretación, modificación y derogación, de acuerdo
con los procedimientos establecidos por la Constitución
Política y el presente Reglamento.
6 | Edición Oficial del Congreso de la República