Page 14 - CARTILLA DE INFORMACIÓN LEGISLATIVA 2021-2026
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EL PLENO

                  “El  Pleno  es la  máxima  asamblea  deliberativa del  Congreso.  Lo  integran todos  los  congresistas
                  incorporados y funciona de acuerdo con las reglas de quórum y procedimiento que establecen                          EL CONSEJO DIRECTIVO
                  la Constitución y el Reglamento del Congreso. En él se debaten y se votan todos los asuntos y se
                  realizan los actos que prevén las normas constitucionales, legales y reglamentarias.                                “El Consejo Directivo está integrado por los miembros de la Mesa Directiva y los representantes de los
                                                                                                                                      Grupos Parlamentarios que se denominarán Directivos-Portavoces elegidos por su respectivo grupo.
                                                                                                                                      A cada Directivo-Portavoz titular corresponderá un suplente elegido por cada Grupo Parlamentario.
                  Al inicio del período anual de sesiones, los Grupos Parlamentarios y el Consejo de Ministros
                  presentarán una propuesta detallando los temas o proyectos de ley que consideren necesario debatir                  (…) Tiene las siguientes funciones y atribuciones:
                  y aprobar durante dicho período. El Pleno del Congreso votará la inclusión en la Agenda Legislativa
                  de estos proyectos, incluyéndose en la misma sólo a los que obtengan mayoría simple. El debate                          a)  Adoptar  acuerdos  y realizar  coordinaciones  para  el  adecuado  desarrollo  de  las
                  de estos proyectos de ley tiene prioridad, tanto en Comisiones como en el Pleno del Congreso,                              actividades del Congreso.
                  salvo lo dispuesto por el artículo 105 de la Constitución Política del Estado y no impide que puedan                    b)  Aprobar el Presupuesto y la Cuenta General del Congreso, antes de su presentación al Pleno
                  dictaminarse y debatirse otros proyectos.” (Art. 29 RCR).                                                                  del Congreso por el Presidente.

                                                                                                                                          c)  Recibir informes periódicos de la Mesa Directiva, O cialía Mayor y de la O cina de Auditoría
                                                                                                                                             Interna, sobre el desarrollo de los procesos parlamentarios, la administración y el estado de
                                                                                                                                             la economía del Congreso, según corresponda.

                                                                                                                                          d)  Recibir informes sobre las políticas de administración de personal y recursos económicos y
                                                                                                                                             los reglamentos administrativos necesarios, así como la ejecución de licitaciones públicas
                                                                                                                                             para la realización de obras o la adquisición de bienes y servicios.

                                                                                                                                          e)  Aprobar la agenda de cada sesión del Pleno, de niendo los proyectos que se tratarán en la
                                                                                                                                             orden del día de la sesión, poniéndolas en conocimiento de los Congresistas veinticuatro
                                                                                                                                             horas antes del inicio de la sesión.

                                                                                                                                          f)  Fijar el tiempo de debate de los asuntos contenidos en la agenda de la sesión del Pleno. Si la
                                                                                                                                             sesión no agota la agenda, el Consejo Directivo elabora una nueva agenda.

                                                                                                                                          g)  Aprobar los planes de trabajo legislativo, el cuadro de comisiones y cualquier otro
                                                                                                                                             plan o proyecto destinado a facilitar o mejorar el desarrollo de las sesiones y el buen
                                                                                                                                             funcionamiento del Congreso.

                                                                                                                                          h)  Acordar el otorgamiento de distinciones especiales.

                                                                                                                                          i)  Acordar las autorizaciones de licencia particular por enfermedad o viaje que soliciten los
                                                                                                                                             Congresistas, cuidando que en todo momento el número de Congresistas licenciados
                                                                                                                                             no exceda del 10% y, sólo en casos especiales y extraordinarios debidamente
                                                                                                                                             justificados, no exceda del 20% del número legal de miembros del Congreso. Esta
                                                                                                                                             regla no comprende las hipótesis a que se refiere el segundo párrafo del artículo 92 de
                                                                                                                                             la Constitución Política.




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