Page 29 - CARTILLA DE INFORMACIÓN ADMINISTRATIVA 2021-2026
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3.20 Servicio de mensajería para los despachos congresales, comisiones, parlamentos y 3.22 Préstamo de vehículo
grupos parlamentarios
y y El préstamo procede cuando el vehículo de propiedad del congresista de
la República se encuentra en mantenimiento o reparación y siempre que
Monto máximo Despachos congresales: S/ 3 600.00 por despacho. haya disponibilidad de vehículos de la flota de propiedad del Congreso de
por año Comisiones ordinarias: S/ 2 400.00 por Comisión. la República.
Comisiones especiales: S/ 1 200.00 por Comisión. y y El préstamo comprende un (01) vehículo hasta por quince (15) días calendario
Comisiones investigadoras: S/ 900.00 por Comisión. dentro de un período anual de sesiones. No incluye la asignación de chofer.
Comisión de Ética: S/ 600.00 y y Como máximo el vehículo deberá tener 50 kilómetros de recorrido por
Condiciones del día de préstamo. Es decir, sólo podrá ser utilizado en el radio urbano del
Parlamento Andino: S/ 3600.00 por despacho. préstamo departamento de Lima.
Grupos parlamentarios: S/ 360.00 por Grupo
y y Transcurrido los quince (15) días del préstamo, el exceso será descontado
de la Asignación por Desempeño de la Función Congresal a razón de US$
Procedimiento y y Ingresar el requerimiento a través de la Intranet (módulo SIGA). 15.00 diarios.
y y La solicitud debe estar acompañada de una fotocopia de la licencia de
y y Presentar al Grupo Funcional de Mensajería del Área de Transportes
y Comunicaciones, en duplicado, el formato “Solicitud de Envío de conducir.
Correspondencia”, debidamente llenado y con la firma y sello del congresista y y El combustible para el uso del vehículo es asumido por el congresista de la
de la República. República.
y y En la columna observaciones del formato se deberá precisar qué tipo de
documento se está remitiendo. Responsabilidades y y El vehículo será devuelto en las mismas condiciones en que se recibió
(combustible, limpieza y conservación).
y y Las fallas mecánicas o de otra naturaleza que hayan sido ocasionadas durante
el período del préstamo serán asumidos por el Congresista de la República.
3.21 Uso de auditorio, sala de reuniones y del Complejo Deportivo y y En caso de siniestro del vehículo, el pago de la franquicia será asumida por el
Congresista de la República.
y y Los vehículos deberán ser conducidos por el Congresista o por el personal
de confianza del despacho congresal que cuente con licencia de conducir
Los auditorios, salas de reuniones y el complejo deportivo podrán ser utilizados vigente.
sólo para eventos relacionados a las funciones del Congreso de la República,
previa solicitud del congresista de la República.
Los mencionados ambientes no pueden ser separados para terceros o para
Condiciones de uso
el desarrollo de eventos que realicen instituciones distintas al Congreso de la
República.
En la coyuntura de la pandemia ocasionada por la COVID-19, se deben priorizar
la realización de las reuniones virtuales.
Las coordinaciones para el uso de los auditorios y salas de reuniones se llevarán
a cabo con el Departamento de Comisiones a los anexos 7791 y 4651.
Coordinaciones
En el caso del Complejo Deportivo, las coordinaciones se llevarán a cabo con el
Administrador del Complejo.
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