Page 8 - Reglamento del Congreso 2012
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Los Congresistas electos en tanto no cumplan con los
requisitos señalados en el párrafo precedente, no pueden
juramentar el cargo de Congresista ni ejercerlo.
Una vez recibidas la totalidad de credenciales de tos
Congresistas electos, o en su defecto a más tardar entre
el primero y el cinco de julio, La Oficialía Mayor del
Congreso mandará publicar un comunicado con el nombre
del Congresista con mayor votación preferencial dentro del
grupo político que obtuvo la mayor votación, así como el
de mayor y el de menor edad, que actuarán como Primer
y Segundo Secretario; respectivamente.
Preside las Juntas Preparatorias, el Congresista que obtuvo
la mayor votación preferencial del grupo político que obtuvo
la mayor votación.
Si todos o alguno de los llamados por ley no aceptaran
Integrar la Mesa Directiva de la Junta Preparatoria o tuvieran
algún impedimento, serán llamados en orden de edad los
que les sigan en forma sucesiva hasta conformar la Mesa
Directiva. La Mesa Directiva de la Junta Preparatoria entra
en funciones entre el quince y el veintiuno de julio.
El Presidente de la Junta Preparatoria coordina con el Presidente
del Congreso para que les trabajos de tos ónjanos que presiden
110 obstaculicen las funciones de uno y otro. En caso de
diferencia, prima la decisión del Presidente del Congreso,
quien en todo momento dará facilidades suficientes para que
Se reúna y cumpla sus funciones la Junta Preparatoria.
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