Page 7 - Reglamento del Congreso 2012
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luego de ejercer el derechç de disolución del Congreso,

                       no se observarán las fechas ni se aplicarán 'os plazos

                       establecidos en este capitulo. Las coordinaciones estarán a

                       cargo de] Presidente de la Comisión Permanente.

                       (Az#cub nSkado apoliado por & Pleno de! Congieso S fecha 6 di ¡nno
                       de 1998)




                       Acreditación, registro y determinación de la Mesa

                       Artículo 8, La Oficialía Mayor del Congreso recibirá

                       las credenciales de cada uno de los Congresistas electos
                       entregadas por el Jurado Nacional de Elecciones, dentro de

                       los treinta días posteriores al inicio de la entrega. Una vez

                       verificada la autenticidad de las credenciales, las registrará

                      y entregará a cada Congresista electo un formulario de

                      datos personales, el mismo que será devuelto, Llenado y
                      firmado bajo juramento de veracidad y acompañado de

                      una declaración jurada de bienes y rentas, a más lardar el

                      último día útil del mes de junio. Asimismo, una declaración

                      jurada de situación financien y otra de no estar incurso en

                      las incompatibilidades consignadas en el artículo 92 de la
                      Constitución Política del Perú. Estas declaraciones deberán

                      presentarse a los treinta días de haber asumido el cargo. La

                      Oficialía Mayor publicará en el Diario Oficial El Peruano

                      y en otro de mayor circulación, la declaración jurada de

                      bienes y rentas y la declaración jurada de no estar incurso

                      en las incompatibilidades consignadas en el artículo 92 de
                      La Constitución Política dei Perú.

                      (PÑrMo mod6cada Resolución Legislativa de!  Con  gieso 011-2001-GR1  pubhcad9
                      el 13 de oduhre do 2001)




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