Page 26 - Revista del Congreso de la República. Nº 9
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Organización del Servicio Parlamentario



               El Servicio Parlamentario del Congreso  cuenta con la organización que reconoce  el Estatuto del Servicio
               Parlamentario, el  mismo que  define  el Reglamento  del Congreso  de la República,  al señalar  los  órganos,
               competencias y titulares de la estructura orgánica, así como los términos, condiciones y límites del régimen y la
               relación laboral del personal y de los cuerpos especializados que atienden y apoyan las funciones parlamentarias
               de la representación nacional. El Estatuto del Servicio Parlamentario es aprobado por el Pleno del Congreso.
               De acuerdo al Artículo 38 del reglamento del Congreso de la República.


               OFICIALÍA MAYOR


               La Oficialía Mayor es el máximo órgano del servicio parlamentario del Congreso. Está a cargo de un funcionario
               denominado Oficial Mayor del Congreso, quien responde ante el Presidente por la marcha y los resultados
               de  las  dependencias  y  el  personal  del  Servicio Parlamentario.  Le corresponde,  con  este  fin,  la  dirección,
               supervisión y control, directos o por delegación, de todas las actividades del servicio parlamentario dedicadas
               a preparar, asistir, apoyar y facilitar las tareas orgánicas y funcionales de los congresistas.

               El Oficial Mayor tiene la representación legal de la administración, es jefe de todo el personal y cuenta con
               competencia disciplinaria. Por delegación del presidente, y con cargo a dar cuenta, puede celebrar los contratos
               necesarios para garantizar el normal funcionamiento del Congreso y del servicio parlamentario. Es nombrado
               y su nombramiento revocado por acuerdo del Consejo Directivo.


               Sus atribuciones y responsabilidades, así como las que les corresponden a los órganos y el personal del servicio
               parlamentario se establecen en el Estatuto del Servicio Parlamentario. Cesa en el cargo por dimisión, pérdida de
               su condición de funcionario, retiro o jubilación, imposibilidad para el desempeño del cargo, cese o revocatoria
               de su designación. En caso de ausencia o impedimento temporal es reemplazado por el director general
               Parlamentario. De acuerdo al Artículo 40 del reglamento del Congreso de la República.

               Oficiales Mayores del Congreso

               1-  Manuel de Herrera y Oricaín (1822-1825)
               2-  José Martín Garro (1827- 1849)

               3-  José María Sánchez de la Barra (1839)
               4-  Juan Celestino Cavero y Celis (1849-1858)

               5-  José María Hernando (1858-1881)
               6-  Juan Fernando Erasmo Gazzani García del Real (1881-1884 y 1889-1895)

               7-  Ricardo Aranda Vargas Machuca (1894-1895)
               8-  Armando José Manuel Vélez Mendoza (1895-1911)

               9-  Ricardo Ríos Fajardo (1908, 1911-1945)
               10- Manuel Pérez Cartier (1945-1948)
               11-  José Carlos Llosa González Pavón (1948-1949)

               12- Enrique Carrillo Smith (1949)
               13- Eugenio Raygada de la Flor (1949-1950)

               14- Ismael Echegaray Correa (1950-1972)


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