Page 243 - La Rebelión de Huánuco. Vol 5
P. 243

Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La Rebelión de Huánuco de 1812
            del Sud fecunda é ingenua aun en la parte más debil será imitadora de la
            inmortal Roma y en cada natural del pais berá renacer su resolución de
            un Sebola y de un Oracio Cocles pasa detener sin progresos y bañarse con
            su robusto brazo en la sangre de la Idra que quiere esclavizarla. La poste-
            ridad elogiará este primer aliento de sus padres y llenará de ignorancia la
            efidencia de los que se declaran sus agresores.— La patria que no puede
            mirar con indiferencia tan importantes servicios desea beneficiarlos y el
            General de su Exercito auxiliador lleno de la mayor gratitud y á nombre de
            ella hace las declaraciones siguientes en obsequiso de todos los Naturales
            del Perú.— Quedarán libres del tributo como lo tienen declarado la Exce-
            lentísima Junta de la Capital en primero de Setiembre último. Suspende
            toda contribución obencional á los Párrocos de la respectiva Provincias
            y curatos debiendo estos bautizarlos casarlos, y enterrarlos gratis sin que
            por motivo alguno los obligen á pagar fiestas Alferazgos Renobaciones
            funerales ni á lo servicios personales de Mayordomos. Muleros, Gualperos
            y otros á que acostumbrar reatarlos baxo de ningún pretexto quedando al
            cargo de la Nación de ponerles la dotación conveniente para su congrua
            sustentación.— Los subdelegados Alcaldes y otro Jueces de Provincia des-
            idiran sus quejas y pleitos y todo genero de causas sin persibir derecho
            alguno. Gozaran de la igualdad civil que ha decidido el superior Govierno
            con obligación dados los empleos gracias y beneficios que concede la Pa-
            tria sin distinción alguna en igualdad con los Americanos Españoles.— El
            mérito y las virtudes será la única regla que observe en la distribución de
            premios y recompensas. Y para que llegue á noticia de todos se les hará
            saber por ahora los medio del que conduce esta resolución reservando su
            publicación por Bando al tiempo de que tome poseción de la Provincia
            que posehe el enemigo. Quartel General de Salta octubre 17 de mil ocho-
            cientos once.— Juan Martín de Pueyrredon. Es copia sacada del original
            de su contesto ante testigos en el Pueblo de Popoo.— El Capitan General
            Don Andres Simón.— Esta encargado y ordenado á Pedro Torres para que
            publique como comandante del Pueblo de Cofani á todos los lugares.—
            Una Rúbrica.



            Dcm. 42                                            Lima, Julio 10 de 1812





                                               242
   238   239   240   241   242   243   244   245   246   247   248