Page 569 - La Rebelión de Huánuco. Vol 4
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Huánuco de 1812
Los demas son Lazaro y Seberino Perez hermanos, alias Ascanio de
cuias señas no se puede dar razon.
La pricion de dichos interesados y muy especialmente la de dicho Re-
ligioso, es la mas importante para la seguridad del Estado, y en su consequen-
cia suplico a Vuestra Señoría se sirva librar, las providencias mas eficases y
propios de su notorio zelo, tanto en la Capital de su Provincia, como en los
Partidos que la constituyen, para la imbencion, pricion, y embio, a disposicion
de este Govierno de los enunciados reos.
Dios guarde a Vuestra Señoría muchos años.
Huanuco 12 de Mayo de 1812·
Josef Gonzales de Prada (Rubricado).
(Margen inferior):
Señor Gobernador Yntendente de la Provincia de Puno, Don Manuel
Quimper.
(Al margen)
Pasese copia a los justicias de esta Capital y a los Subdelegados para su
aprehension. Quimper.
En la importante, y grave causa que estoy siguiendo para la imbencion
de los reos de alto crimen, perpretado con motivo de la Ynsubrreccion acae-
cida en este Partido de Huanuco, en el de Panataguas y diversos Pueblos, han
resultado serlo, entre otros muchos que he capturado, los que individualiza
la lista adjunta que tengo el honor de pasar á manos de Vuestra Señoría los
quales despues de la victoria que alcansaron las Armas del Rey que mando, en el
riesgoso paso del Puente de Ambo, fugaron de esta Ciudad, y de los parajes donde
existian á tiempo que la Divina Providencia se dignó protejer la justa causa.
La pricion de los comprehendidos en dicha lista interesa infinito á ella,
pues en su mayor parte son principales cabezas, y causantes de los estragos
cometidos en esta Ciudad en la muerte de algunos de sus mejores vecinos; en
el escape, de otros muchos; y en el general saqueo que hicieron de todos sus
bienes; pero lo que suplico Vuestra Señoría quedando lugar como siempre á
su celo se sirva mandar circular por la comprehencion de la Provincia que
dignamente manda la expresada lista con la mayor recomendacion para la
persecucion y pricion de las personas, y embargo de sus bienes, proveyendo
su remicion á este Govierno é Yntendencia del modo que advitrie mas combe-
niente, y seguro.
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