Page 551 - La Rebelión de Huánuco. Vol 4
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Huánuco de 1812
            que se le leyó y dió á entender. Que no le tocan las generales de la Ley, que es
            de edad de sinquenta años, no firmó por no saver y lo hiso Su Señoría con el
            Protector é interprete de que doy fee.
                    Josef Gonsales de Prada (Rubricado). José de Binia (Rubricado). Ma-
            riano Flores (Rubricado).
                    Ante mi: Nicolas Ambrocio de Ariza (Rubricado).
                    Escribano de Su Magestad.

                    Yncontinenti mandó Su Señoría comparecer á Juan Dimas Yndio del
            Pueblo de Chuquis de quien á presencia del Protector é Ynterprete le recivió
            juramento que lo hiso por Dios Nuestro Señor y una señal de Cruz bajo del
            qual ofresió decir la verdad de lo que supiere y fuere preguntado y siendole
            leyda su confecion de fojas 193 y 194 explicandole su contenido en su lengua
            Indica por el interprete enterado que fue dijo: Que la contestacion de la prime-
            ra pregunta es cierta y la depuso por tal. Que la segunda es falza con respecto
            de que la produjo al rigor de furiosos asotes que se los dió un Don Torivio Fi-
            gueroa que servia de amanuense, con influxos de un Don Manuel Huete, hasta
            que produjo que hera berdad que el Ynter Don José Ayala le dijo al deponente
            y á los de su Pueblo de Chuquis que en breve bendria el Rey Castely á fabo-
            recerlos y quitarles los trivutos, y que si los Chapetones no se hiban los dego-
            llarian y las demas expreciones que se le acaban de explicar como producidas
            por dicho Ayala. Que en igual conformidad es falza la deposicion que tiene
            hecha contra Don Domingo Berrospi pues la berdad es que hasta el dia no lo
            conose ni le ha visto su cara, ni á savido, ni á oydo desir que su Alcalde fuese
            á tratar con el, ni que este le huviese dicho al deponente cosa alguna sobre el
            particular y asi lo tiene depuesto con fecha de treinta y uno de Mayo ultimo
            en esta Ciudad á que se remite y en ella se ratifica leyda que le fue esta con
            la correspondiente explicacion en su idioma, y en lo demas de esta pregunta
            dijo ser conforme. Que en quanto á la tercera pregunta no deve prevalecer la
            exprecion que tiene bertida que los de su Pueblo nombraron por Capitanes a
            Andres Xara, al Alcalde José Atanacio, al deponente, á Manuel Nasario, ni á
            Lorenzo Reyes por que todos estos fueron como uno de tantos sin distincion
            alguna. Que en quanto a la exprecion que se dice ser bertida por Pio Mirabal
            solamente Pedro Pasqual se lo comunicó, y no el Alcalde José Atanacio como
            se le expresa, sin que entrase en esto el desirle que expuso que el Subdelegado
            y los Chapetones estaban en Llata para matarlos; pero si que les dijo que sin



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