Page 521 - La Rebelión de Huánuco. Vol 4
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Huánuco de 1812
                    Recombenido por que ha faltado á la gravedad y religion del juramen-
            to diga si alguna persona lo ha solicitado, aconsejado, ó apersivido para que
            hoy barie en su deposision, y qual es el motibo, dijo: Que nadie le ha propues-
            to consejo, ni enseñanza ni amenasa alguna, sino que lo hiso producir asi el
            temor que tuvo halla de los azotes que havian llevado sus compañeros, y que
            con apunte que tenian hecho en su papel corto le desian que aquello havian
            declarado, y por esto se combino á desirlo, y haora por ser berdad lo expone
            sin temor ni apremio alguno, y en la forma expuesta se afirma, y ratifica: Que
            no le tocan las generales de la Ley todos los que se nominan en su confesion,
            á excepcion de José Briseño que es su cuñado, y hayjado de casamiento pero
            que no por esto falta á la religion del juramento y no firmó por no saber escri-
            bir, lo hiso Su Señoría con el Protector Partidario é Ynterprete de que doy fee
            adbirtiendo que es de edad de mas de quarenta años.
                    Josef Gonsales de Prada (Rubricado). José de Binia (Rubricado). Ma-
            riano Flores (Rubricado). Nicolas Ambrocio de Ariza (Rubricado). Escribano
            de Su Magestad.



                    Ynmediatamente y para el mismo efecto mandó Su Señoría compa-
            recer á Nicolas Ferrer Yndio del Pueblo de Chupan del Partido de Huamalies
            de quien á presencia del Protector Partidario, y por interpretacion de Don
            Mariano Flores le recivió juramento que lo hiso por Dios Nuestro Señor y una
            Señal de Cruz bajo del qual ofreció decir la berdad de lo que supiere y fuere
            preguntado y siendole leyda su confesion de fojas 91 buelta hasta 93 dijo: Que
            la contestacion que tiene hecha á la primera pregunta es sierta. Que la segunda
            es falsa en todas sus partes por que lo expuesto en ella lo depuso por evitar el
            castigo que le hiban a dar de azotes, y á este efecto despues que havia entrado
            donde estaba el Juez Comisionado á efectuar su confesion por que no declaró
            lo que haora se le ha leydo lo sacaron afuera para azotarlo, y quando lo tendie-
            ron por evitar el castigo ofreció declarar bien y conforme se solisitaba, y en-
            tonces suspendieron dicho castigo, y por esto lo depuso asi y á este mismo lo
            indilgaban un Manuel Huete, Don Manuel Zeballos, y un [testado: caballero]
            sugeto, nombrado Liaño, leyendole un papel uno que se nomina Don Torivio
            y expresandole que aquello havian declarado sus compañeros en que se com-
            bino, y entonces dictó su deposicion dicho Liaño. Que lo que parece contesta-
            do á la tersera pregunta es todo cierto, y lo depuso asi el ratificante: En igual



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