Page 375 - La Rebelión de Huánuco. Vol 4
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Huánuco de 1812
            en llegando alli á asegurar los reos nominados, y los conducirá a la Carcel
            de este Pueblo; y en el caso de la mas leve resistencia, úse de las Armas hasta
            que conozcan el respeto, obediencia, y subordinación, que deben prestar a
            las ordenes que expiden los Jueces, y Justizia que representa legitimamente a
            nuestro Augusto Soberano el Señor Don Fernado 7° procediendo con toda la
            actividad que tiene acreditado, y en todo caso manteniendo el respeto, y de-
            coro de las Armas del Rey, en todo tranze, y cuando consiba que la fuerza que
            lleva, no sea suficiente para los objetos insinuados, manteniendose en puesto
            ventajoso de parte a la mayor prontitud, para pasar yo con todo el resto de
            Tropas de esta Division. Asi lo mando y firmo yo el Comandante Comisiona-
            do de esta Expedicion actuando con testigos a falta de Escribano.
                    Mais y Arcas (Rubricado). Testigo: Toribio Figueroa (Rubricado).


                    (Al margen)
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                    Pedro Leandro - Vease a foja 61
                    En el mismo dia, y para el mismo efecto hice comparecer a un indio
            llamado Pedro Leandro natural y vecino del Pueblo de Punchau, á quien por
            medio de los Ynterpretes y á presencia del Protector de Naturales, le recibi
            juramento que lo hiso por Dios Nuestro Señor y una Señal de Cruz segun for-
            ma de Derecho, bajo el qual prometió decir verdad en lo que supiere y fuere
            preguntado; y siendolo al tenor de las preguntas siguientes; preguntando si
            sabe quien aconsejó al declarante, y á los de su Pueblo para que se lenvantaran,
            dijo: Que el Alcalde de su Pueblo Punchau, Marcos Sánchez, dijo al que decla-
            ra que havia orden del Rey, para que la gente de Punchau viniera a Llata, y que
            en realidad vino con toda ella, hasta cerca de éste Pueblo, y que por noticia
            que tubo de que se habian retirado los alzados, se retiró, y responde que lo que
            lleva dicho y declarado es la verdad so cargo del juramento que fecho tiene,
            dijo ser de mas setenta años, y por no saber firmar lo hiso por el Don Toribio
            Figueroa, Ynterprete y Protector y los testigos de mi asistencia por falta de
            Escribano.
                    Mais y Arcas (Rubricado). Por Pedro Leandro. Toribio Figueroa (Ru-
            bricado). Jose de Eguizabal (Rubricado). Manuel Huete (Rubricado). Urbano
            Zugasti (Rubricado). Testigo: Miguel de Yrazoqui (Rubricado).
                    Manuel de Zevallos (Rubricado).
                    Protector



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