Page 611 - La Rebelión de Huanuco - vol 3
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La Rebelión de Huánuco de 1812
Padre Comendador de la Merced, un deudo suyo, cuyo nombre ignoro, Don
Manuel Tafur, y Don José María Sorio, quienes no solo vieron y observaron
que la tenía surtida, cuyo valor era de dies a dose mil pesos; sino que quando
fuge de ella, dejando la puerta cerrada no saque otra cosa que un cuchillo a
la sinta; a estos sujetos les consta que la primer puerta que quebrantaron los
sublevados fué la mía, y que por consiguiente quantos géneros nobles, plata
momdada, alajas preciosas y la mayor parte de la ropa de mi uso que saquea-
ron de ella, de que por mano del Teniente Coronel Don Domingo Fernandes
he recivido unas pocas varas de Yndiana, unos retazillos de bayetón del Cuzco
y otras frioleras de poco momemto que no valen doscientos pesos; todo lo
restante ha quedado perdido hasta el día, como por ser la verdad lo juro por
Dios Nuestro Señor y una señal de Cruz. Digan pues estos testigos quanto
podría valer prudencialmente lo que espilaron. (Al margen: Huánuco, Julio
4 de 1812. Presente esta parte la correspondiente rasón de perjuicios de los
términos prevenidos por este Govierno en los Autos publicados. Gonzales
(Rubricado). Travitaso (Rubricado). Ante mi: Nicolás Ambrocio de Ariza (Ru-
bricado). según lo tenían observado en los andamios públicos de mi tienda, y
si nominadamente saven ó tienen noticia de quienes fueron los que lo execu-
taron, ó si efectivamente lo hicieron en general todos los ynsurgentes.
En igual modo el Alcalde de Panao, Mariano Silvestre, con otros á
quienes conoce saven y les consta que esos mismos ynsurgentes arrearon de
mi chacra de Potrancancha á esta publica Plasa treinta cavesas de ganado ma-
yor de Castilla (digo) Bacunos entre bueyes y vacas madres, criados con el
mayor regalo y cuidado, de las que he recibido tres: Digan este yndio y los
testigos que señale si es cierto, y entre quienes se repartió ése ganado, todo lo
qual que sea provado.
A Vuestra Señoría pido y suplico que de los vienes de esos ynsurgentes,
como ladrones públicos y conocidos que son, tanto se me integre aquello que
los testigos juren y declaren, como que poco más ó menos les consta lo que
podría valer mi tienda, en virtud de que la frecuentaban y que la mañana que
salí de ella vieron que la dejé sin sacar, ni ocultar cosa alguna de ella, quanto
las bacas referidas: á todo protexto estar a lo favorable, y que siempre que se
ordene instruiré plan de todo aquello que substrageron; pido justicia; reitero
el juramento sobre que no procedo de malicia y en lo necesario, etcétera.
Jose de Binia (Rubricado).
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