Page 593 - La Rebelión de Huanuco - vol 3
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La Rebelión de Huánuco de 1812
pleno, y espíritu antipático me han causado, y maxime hallándose entre ellos
sujetos con suficientes facultades para el efecto, por tanto:
(Al margen)
A Vuestra Señoría pido y suplico que, haviéndome por presentado se
sirva proveerlo así, y con arreglo a mi fundada solicitud pues es de justicia,
etcétera.
(Al margen)
Otro si: el Mayordomo de mi Hacienda nominada Quisca ha recojido
en los pastos pertenecientes al Pueblo de Conchamarca mes y medio ha veinte
y ocho cabesas de ganado mayor, cuyos legítimos dueños ignoro; lo que pongo
en consideración en Vuestra Señoría para que determine que devo hacer en
la materia, esto es, si devo entregarlos en caso de que sus dueños algún día los
reclamen, o quedarme con ellos por vía de reposición a pesar de cualesquiera
instancia vuestra.
Juan de Echevarría (Rubricado).
En la ciudad de León de Huánuco a los dies y siete dias de dicho mes y
año, para la justificación mandada la parte de don Juan de Echevarría presentó
por testigo a Don Martín Arquisena, Vecino de esta ciudad y recidente en el
Haciento de Tomayquichua, a quien yo el Escribano en virtud de la Comición
a mí conferida reciví Juramento que lo hiso por Dios Nuestro Señor y una se-
ñal de Cruz en toda forma de derecho. Se cargo del qual ofreció decir verdad
en lo que supiere y fuere preguntado, y siéndole según la Rasón y recurso que
lo motiva dijo: Que en la sublebación acaecida se halló el deponente en las dos
veses que los Ynsurgentes la Ymbadieron, en el Haciento de Ambo: que sabe
y le consta que el que lo presenta ha padecido el grave daño en su Hacienda
de Quisca, por haber sido vecino de aquella Hacienda y haber palpado quanto
tubo el que lo presenta en ella: que quando llegó la tropa governada·por el
señor Governador Intendente al Haciento de Ambo después que los Ynsur-
gentes habían destruído dicha Hacienda vió el deponente que hicieron pasar
varias reses por el Guaro las únicas que dichos ynsurgentes habían dejado en
aquella Hacienda; y que quanto hace presente en la razón que se le ha expresa-
do, le es Constante al deponente por haber tenido dentrada y salida en aquella
casa de dicha Hacienda, y haber estado impuesto en el número de ganados y
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