Page 459 - La Rebelión de Huanuco - vol 3
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La Rebelión de Huánuco de 1812
                    Repreguntado como pudo ser que no entrasen á sus manos otras espe-
            cies mas de las que tiene referidas, quando de la sumaria instruye haver rovado
            sobre manera, y quanta podia surtir quatro tiendas, dijo, que es falso el cargo
            que se le hace, que solo se le puede haver visto sacar por la puerta de la tienda
            que estava a cargo del finado Don Gabriel Abraldez, tres Baules serrados, dos
            Petacas con ropa de uso, y una silla de montar de plata, con estrivera del mismo
            metal; lo qual executó de orden de Doña Maria Salome Villar, y las indicadas
            sinco piezas se conduxeron por disposicion de la misma á la Casa de Doña Pe-
            tronila Xaraba, en donde estava refugiada dicha Doña Maria Salome, haviendo
            mandado al que confiesa las extrajese de la Cosina y Gallinero de la avitación de
            su madre Doña Luisa Ruis.
                    En este estado se suspendio esta confesion quedando avierta para siem-
            pre que conbenga continuarla, y el confesante se afirmó y ratificó en ella leyen-
            dosele integramente, vaxo del juramento que tiene fecho y firmó conmigo y los
            testigos de mi actuacion.—
                                      Fernandes (Rubricado).
                                   Balentin Hurtado (Rubricado).
                                  Sebastian Ramirez (Rubricado).
                                    Josssef de Arze (Rubricado).


                    (Al margen) A.
                    Ynmediatamente advirtiendose la nesecidad de el Nombramiento de un
            Curador y de un intérprete para las confesiones de los menores é indios delin-
            cuentes, se realizó y verificó en la persona de Don Jose de Arze, por concurrir
            en ella las qualidades nesezarias para ambos cargos, y haviendo aceptado en el
            acto y jurado obrar con la legalidad que es devida, dio la fianza correspondiente,
            otorgandola Don Sebastian Ramirez en la forma prevenida por derecho, en cuya
            virtud le fueron decernidos dichos cargos con toda la estención de facultades
            que le son anexas, sin limitación alguna que pueda embararasarle su exercicio, y
            firmaron ambos conmigo y los testigos que se hallaron presente.—
                                 Domingo Fernandes (Rubricado).
                                    Feliz Ramirez (Rubricado).
                                  Sebastian Ramirez (Rubricado).
                                    Josssef de Arze (Rubricado).
                                  Josef Maria Cierra (Rubricado).





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