Page 417 - La Rebelión de Huanuco - vol 3
P. 417

Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La Rebelión de Huánuco de 1812


                    (Al margen)
                    Huanuco y Abril 14 de 1812.
                    Se remite a Teniente Coronel Don Domingo Fernandez para que con
            arreglo a la Comision que obtiene en materia de igual naturaleza á este recur-
            so, lo atienda por lo que de su merito resulte. Gonsales (Rubricado).

                    (Al margen)
                    Huanuco Abril 14 de 1812.
                    A su tiempo se atenderá la solicitud del Recurrente, comparesiendo
            por ahora á hacer la declaracion instructiva que en virtud de mi Comicion
            devo recivirle—.
                                      Fernandes (Rubricado).
                                  Sebastian Ramirez (Rubricado).
                                    Jossef de Arze (Rubricado).

                    (Al margen)
                    51 de Ygnacio Malaver.
                    En la Ciudad de Leon de Huanuco a quince días del mes de Abril de
            mil ochosientos dose años, en cumplimiento de lo mandado por el Decreto
            presedente comparesio Ygnacio Malaver, vesino de Andavamba de quien reci-
            vi Juramento por Dios Nuestro Señor y una señal de cruz, en forma de Dere-
            cho, vaxo del qual protestó decir verdad en quanto supiese, y fuese preguntado
            y haviendolo sido sobre lo acontesido en el Saqueo que se experimentó en esta
            Ciudad en los dias 23 y 24 de Febrero último, personas que tubieron parte en
            el y especies rovadas que fueron vistas en su poder, dijo: Que desde el punto
            en que los Yndios hicieron su invacion, salio para su chacra y se ausento a la
            de Rosayoq, en donde estubo oculto hasta que despues de la llegada del Señor
            Governador Yntendente le puso de improviso el Teniente de Cavalleria Don
            José Espinosa, sin expresarle el merito que havia para ello; y de consiguiente
            ignora quanto acaesio en los días del Saqueo, como tambien las personas que
            fueron complises en este crimen; Que es lo único que tiene que declarar con
            verdad so cargo del Juramento que fecho tiene en que se afirmó y ratificó, que
            no le tocan las generales de la ley, y es de edad de veinte y seis años, y firmó
            conmigo y los testigos de mi asistencia—.





                                               416
   412   413   414   415   416   417   418   419   420   421   422