Page 270 - La Rebelión de Huanuco - vol 3
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Volumen 3
Autos seguidos sobre el descubrimiento de los autores de la rebelión de Huánuco - Segunda parte
advertido alos Europeos, siempre les ha sido adicto y nunca ha tenido con
ellos diferencia alguna.
En vista pues de todo lo expuesto, de la ninguna formalidad de los
testigos, y de la fuerza de la presente Ynformacion se hade servir la justifi-
cacion de Vuestra Señoria declarar libre de todo crimen al enunciado mi
parte, mandando se le excarcele de la prision en que se halla y alsandosele
el embargo travado en sus bienes pues asi lo exige la razon y Justicia que le
asista, por tanto.
(Al margen)
A Vuestra Señoria pido y suplico se sirvan mandar hacer segun y
como llevo pedido por ser asi de Justicia que espero alcansar vuestra.
(Al margen)
Otro si digo; que mediante a que de los autos seguidos no resulta reo
mi parte, y hallanse este enfermo de una Ernia que padece se hade servir
Vuestra Señoria mandar se le ponga en livertad bajo los correspondientes
fianza de As. Por tanto.
(Al margen)
A Vuestra Señoria pido y suplico se sirva decretarlo asi por ser de
justicia.
Ygnacio Prado (Rubricado).
(Al margen):
Huanuco Mayo 12 de 1812. Los testigos de esta parte presentense
juren y declaren al tenor de este Ynterrogatorio. Gonsales (Rubricado). Tra-
vitaso (Rubricado). Mariano Flores (Rubricado).
Antemi Nicolas Ambrocio de Ariza (Rubricado).
Escribano de Su Magestad.
Señor Governador Yntendente.
El Capitan Don Santos de la Vega, defensor nombrado por Fray Yg-
nacio Villavisencio del Orden de San Agustin, en la mejor forma que haya
lugar en derecho ante Vuestra Señoria paresco y digo: que para verificar la
defenza correspondiente ami parte la justificacion de Vuestra Señoria se ade
servir mandar seme reciba Sumaria Ynformacion de testigos que depongan
vajo de juramento conforme ala Ley segun las preguntas siguientes:
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