Page 545 - La Rebelión de Huánuco. Vol 2
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La Rebelión de Huánuco de 1812
            Fernando 7° y sus antesesores, dijo: que lo está persuadido, y que así lo á jura-
            do, y lo jura á mayor abundamiento, y responde.
                    Preguntado sí está penetrado de que la distincion de Chapetones, y
            criollos es un sisma, un ardid, y arbitrio pesimo de que los opresores de nues-
            tra libertad, é independencia, y mas claro de que los sequases, y emisarios del
            perfido Buonaparte se han balido ó adoptado para introducir en estos reynos
            la guerra destructora que nos aníquila, pues todos somos unos, y no deve ha-
            ver mas distincion que el obrar bien, ó mal, dijo: que está penetrado de quanto
            se le dice, y que por tanto siempre á propendido, y aun manifestado en sus
            combersaciones particulares lo justo, y lo combeniente que es de conserbar
            la intima union de todos los que están sugetos al dominio del rey de España,
            sintiendo en sumo grado la distincion que han querido hacer algunos de cha-
            petones y criollos de que solo save de oydas de igual modo que de haverse pro-
            ferido un Don Jose Castillo de que deseaba artarse de la sangre de los criollos,
            y responde.
                    Preguntando si sabe que en estos dominios han erigido sus Juntas Pro-
            vinciales suponiendo que la Junta Central extinguida dio á entender por uno
            de sus papeles que se podían crear dijo que ignora, y responde.
                    Preguntado si sabe que bajo de todo pretesto es criminal toda ereccion
            de autoridades, y juntas, ó todo lo que suene contradesír, ó no obedecer las
            juntas, y legitimas determinaciones del Consejo de Regencia, y de mas jueces,
            y magistrados que solo emanan inmediatamente de aquella regia autoridad
            (Al margen: Nota: que no se ha sacado el testimonio mandado por la urgencia
            del tiempo y corre en el expediente reservado. (Rúbrica)) dijo: que sabe, y está
            persuadido de ello.
                    En este estado se previno á los actuantes por Su Señoria de que la de-
            claracion del R. Padre Fray Ygnacio Villabisencio que está presente, y que
            corre a f del Expediente reserbado se testimoniase, y se agregase á estos autos:
            Despues de cuya prebencion, y orden haciendolo traer á su vista se la leyó a
            dicho Padre Villavisencio, y en su virtud expuso que quanto á dicho es sierto,
            y se afirma, y ratifca en ello, y añade que puso en su oficio de fecha 1° de mar-
            zo que havian 15,000 indios en la ciudad por que como no sabia fijamente de
            su numero creya que disminuyendolo, y saliendo sierto dicho numero como
            ellos mismos lo desian, se le arguyese alguna infidencia por haver ocultado la
            berdad, y responde.





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