Page 177 - La Rebelión de Huánuco. Vol 2
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La Rebelión de Huánuco de 1812
Josef Gonsales de Prada (Rubricado).
Lazaro Rubianes (Rubricado).
Mariano Flores (Rubricado).
Nicolas Ambrocio de Ariza (Rubricado).
Escribanode Su Majestad.
Incontinenti para ebacuar la sita anterior hice comparecer ante mí al
Presvitero Don Fernando Berrospi á quien le recivi juramento que lo hizo por
Dios Nuestro Señor in vervo sacerdotis tacto pectore bajo del qual ofreció
decir la verdad de lo que supiese y fuese preguntado, y siendolo con arreglo
á ella dijo: Que es cierto su contenido en todas sus partes, y que es la verdad
para el juramento que tiene fecho, que no le tocan las generales de la ley, y lo
firmó con Su Señoría de que doy fe.
Josef Gonsales de Prada (Rubricado).
Fernando Berrospi (Rubricado).
Ante mi: Nicolás Ambrocio de Ariza (Rubricado).
Escribano de Su Magestad.
(Al margen:)
Huanuco Marzo 27 de 1812 =
Autos, y vistos: resultando de éllos culpados en el delito grave de su-
blevación, saqueo, y otras incidencias, contenidas en este Proceso, el Regidor
Don Juan José Castillo, su hermano Don Pedro José, José Marin, Antonio Es-
pinosa el Limeño, Manuel Rodriguez, Pedro José Cevallos, Encarnación Qui-
ñones alias Inca, José Ulluco, Manuel Garay, Francisco Perez, Domingo Palo-
mino, Rafael, Criado del Coronel Echegoyen, uno nombrado Perla, el Sastre
Calisto, José Miraval, Narciso Rojas (A margen: Cañapa es José Beraun), Jose
Beraon, Cañapa, Fausto Mego, Andres Rodrigues, y sus hijos José y Manuel
con el menor, Manuel Gaytan, Facundo Suarez, Manuel Rosales, José Palo-
mino, Asensio Castillo, Manuel Beraon, Antonio Flores, Gregario Espinosa,
el Indio Guayacan, Sevastian Perez, José Nalbarte, José Truxillo, el Sargento
Castañeda, (Al margen: este Sargento es Jose Beraun) Lope Penadillo, Felipe el
Sastre, Cascacho los tres Sucsuputos, el sacristan de la Merced, Ignacio Rodri-
guez, Lorenzo Dominguez Vigo, Santiago Figueredo, Jose Pardavé, Narciso Ta-
fur, los Presviteros, Sanchez, Lastra, y Zavala, sean aprendidos inmediatamente,
puestos con separación, los seculares en la Real Carcel, y los eclesiasticos en
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