Page 140 - La Rebelión de Huánuco. Vol 2
P. 140
Volumen 2
Autos seguidos sobre el descubrimiento de los autores de la rebelión de Huánuco
(Al margen:)
A la 6a. dixo: Que solo le consta el haver oído á los indios decir, que sí
venía al Intendente se lo comerían vivo, no reciviéndolo, sino en el caso de que
supiere hablar su lengua, y traer pocos soldados, y que no save si qualquier
otro sugeto los huviese influído haciéndoles entender en sentido contrario las
Proclamas pacíficas que recivieron, y responde.
(Al margen:)
A la 7a. dixo: Que la ignora por haver estado escondido el día de los
robos, y saqueos y responde.
(Al margen:)
A la 8a. y última dixo: Que no save si alguno después de haver sido lla-
mado, no huviese querido concurrir á la defensa del Puente de Huayaupampa:
que no haverse impedido la entrada del enemigo por aquel punto, fue por
falta de armas, y que si los europeos abandonaron esta Ciudad fue por falta de
auxilio de gente: Que és quanto puede y deve exponer en el particular, en que
se ratificó leída que fue esta su declaración, so cargo del juramento que fecho
tiene: que no le comprenden las generales de la ley: dixo ser de edad de treinta
años, y la firmó conmigo, y testigos por falta de escrivano.
Josef Gonsales de Prada (Rubricado).
Mariano Belis (Rubricado).
Testigo: Blas Segovia (Rubricado).
Testigo: José Manuel Romero (Rubricado).
(Al margen:)
8 Alvarado. Ratifico. En el mismo día para proseguir la Información
que se está produciendo hice comparecer ante mí á Don Manuel de la Cruz
Alvarado, vecino de esta Ciudad, á quien reciví juramento que lo hizo por
Dios Nuestro Señor, y una señal de cruz, conforme a derecho, so cuyo cargo
ofreció decir verdad en lo que supiere, y fuere preguntado, y siéndolo al tenor
del auto caveza de proceso, é interrogatorio incerto dixo.
(Al margen:)
A la primera: Que ignora en todas sus partes (testado) y responde.
(Al margen:)
A las 2a. y 3a. dixo: que también las ignora, y que lo unico que puede de-
cir és, que siendo comisionado por el Subdelegado de este Partido para notificar
a las comunidades á fin de que no se movieran sin orden suya por sospechas que
139