Page 133 - La Rebelión de Huánuco. Vol 2
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La Rebelión de Huánuco de 1812
los Rodriguez de Chaluacocha, Antonio Espinosa, alias el Limeño, y el sastre
Ulluco, fueron los conductores, y Jefes de los insurgentes; y responde.
(Al margen:)
A la 6a. dixo: Que ignora que alguno huviese tergiversado el sentido de
las proclamas con que se invitava á los indios a la paz, y obediencia, saviendo
por el contrario que se les hizo entender en su idioma el contenido de dichos
papeles; y responde.
(Al margen:)
A la 7a. dixo: Que la gente que se unió con los indios para executar los
robos que sucedieron fué toda pleveya, por cuya razon no conoce á ninguno,
ni menos sabe que los retenga alguno, o los hayan extraviado, y responde.
(Al margen:)
A la 8a., y última dixo: Que en lo respectivo á esta pregunta solo save,
que al toque de la campana se congregó mucha gente en la Plaza Mayor de
esta ciudad: que en ella se dirigió toda á defender la cruzada de los indios por
el Puente de Huayaupampa: que en efecto hicieron su defensa, de cuya resulta
huvo quatro muertos, y dos heridos, á quienes conoce el declarante; y que oyó
decir por ultimo, que haviendose emigrado los europeos, se amilanaron los
animos de los huanuqueños, vital suerte que ya no pudieron estos ultimos
practicar defensa alguna. Que en quanto save en el particular en que se ra-
tificó leyda que fué previamente su declaración so cargo del juramento que
fecho tiene: que es de edad de quarenta y ocho años: que no le compreden las
generales de la ley; y la firmó conmigo, y testigos con quienes actuo por falta
de Escrivano.
Josef Gonsales de Prada (Rubricado)
Nicolas Roxas (Rubricado)
Testigo Blas de Segovia (Rubricado)
Testigo José Manuel Romero (Rubricado)
Inmediatamente para seguir este sumario hice comparecer ante mi,
y testigos á Don Pedro Rodrigues vecino de esta ciudad á quien reciví jura-
mento que lo hizo por Dios Nuestro Señor conforme a Derecho baxo el qual
ofreció decir verdad en lo que supiere, y fuere preguntado, y siendolo al tenor
del interrogatorio contenido en el auto caveza de proceso dixo:
(Al margen:)
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